Durante una entrevista televisiva, Omar Chehade, congresista de Alianza para el Progreso (APP), fue consultado sobre las posiciones de su bancada frente a la vacancia contra el expresidente Martín Vizcarra. En ese sentido, indicó lo siguiente: “El Tribunal Constitucional ha reconocido la semana pasada, por mayoría, que la vacancia fue un mecanismo constitucional legítimo, aplicado por incapacidad moral”. Tras revisar los antecedentes sobre el tema, OjoPúblico concluye que esta afirmación es falsa.
Chehade, quien preside la comisión de Constitución del Congreso, se refería al pronunciamiento del máximo intérprete de la Constitución Política acerca de la demanda competencial presentada en septiembre del 2020 por el entonces presidente Martín Vizcarra ante un primer intento de vacancia, que finalmente no procedió.
El proceso, sin embargo, siguió su curso en el Tribunal Constitucional (TC) y volvió a ser de interés general tras el segundo pedido de vacancia que terminó en la decisión del Parlamento de remover del poder a Vizcarra el 9 de noviembre del 2020.
Contra lo dicho por el congresista Chehade, en ninguno de los ochos fundamentos de la sentencia, emitida del 19 de noviembre, el TC reconoce que la vacancia fue un mecanismo constitucional o legítimo.
En la sentencia 778/2020, el TC declaró improcedente por mayoría, la demanda competencial de vacancia por incapacidad moral permanente presentada por el Ejecutivo contra el Congreso. El sexto apartado de la sentencia dice de manera expresa lo siguiente: “No corresponde a este Tribunal emitir un pronunciamiento sobre la pretensión objeto del presente proceso, por cuanto a la fecha se ha producido la sustracción de la materia controvertida”.
A una consulta para esta verificación, el constitucionalista Francisco Eguiguren explicó a OjoPúblico que la expresión ‘sustracción de la materia’ significa que “[el tema] que habría que analizar, ya no está vigente, ya se resolvió y ya no cabe pronunciarse sobre ello”.
Sin embargo, el TC no precisa en su decisión final aspectos sobre la legitimidad y constitucionalidad del mecanismo de vacancia presidencial. “El problema sigue presente sobre cómo interpretar la competencia de vacancia por incapacidad moral. El TC lo ha dejado todo como estaba, no ha resuelto”, indicó Eguiguren.
El mismo día de la sentencia, en una conferencia de prensa, la magistrada Marianella Ledesma, presidenta del TC, rechazó que el máximo tribunal haya definido la vacancia presidencial.
“En ninguna parte de la decisión del Tribunal Constitucional se ha dicho que la vacancia del señor Vizcarra fue constitucional o inconstitucional. Precisamente, eso se ha evitado decir. Y precisamente, para no decir si fue constitucional o no, guardo silencio y digo: Ya lo vacaron, sustracción de la materia. Esa es la respuesta oficial”.
La presidenta del TC dijo que no se emitido un pronunciamieto sobre la decisión que tomaron los congresistas. “Todos tendremos dudas si fue correcto o no, la interpretación que hizo el Congreso en relación a esta causal y cómo lo ejecutó. Esa será la duda que hasta ahora nos acompañará”, añadió Ledesma.
Esta precisión se hizo pública cinco días antes de que Chehade sostuviera lo contrario en entrevista con Canal N. No obstante, el presidente de la comisión de Constitución repitió esa versión horas después en otra entrevista televisiva, esta vez con el periodista Jaime Chincha, de RPP. A pesar de que Chincha lo refutó en vivo, Chehade no se rectificó.
Consultado para esta verificación, el congresista Omar Chehade comentó a OjoPúblico que se refería a “las declaraciones públicas hechas por algunos de los miembros que votaron en mayoría. Declaraciones ante la prensa”. Enseguida añadió que, “por favor no tergiverse mis declaraciones”.
Sin embargo, recordemos que su declaración literal fue: “El Tribunal Constitucional ha reconocido la semana pasada, por mayoría, que la vacancia fue un mecanismo constitucional legítimo, aplicado por incapacidad moral”.
Al respecto, el constitucionalista Francisco Eguiguren explicó a OjoPúblico la sentencia del Tribunal Constitucional es la que rige por encima de los fundamentos singulares de cada magistrado. La decisión está recogida de manera específica en el documento que contiene el fallo.
“Lo que esta sentencia ha resuelto es que no se va a pronunciar sobre el tema [de la vacancia], porque hay sustracción de materia; con lo cual, en rigor, todo lo demás, las opiniones de cada magistrado o varios de ellos, son opiniones, pero no tienen ninguna implicancia obligatoria en la decisión final”, apuntó.
En función a lo expuesto, OjoPúblico concluye que la afirmación del congresista Omar Chehade acerca de que el Tribunal Constitucional reconoció que la vacancia presidencial fue un mecanismo constitucional legítimo es falsa.