La vicepresidenta de la República y también congresista, Mercedes Aráoz, fue consultada sobre su posición en el tema de los sueldos de los parlamentarios y en respuesta aseguró lo siguiente: "los salarios [de los congresistas] bajaron el 2016, no han tenido incremento entre estos años. Es un hecho fáctico”. Sin embargo, luego de revisar documentos legislativos y recibir la opinión de expertos, OjoPúblico concluye que esa afirmación es falsa.
A una consulta para esta verificación, el equipo de prensa de Aráoz señaló que ella se refería al 2006 como la fecha en que las remuneraciones de los parlamentarios se redujeron, pues el 30 de diciembre de ese año se publicó el Decreto de Urgencia 038-2006 que fijó topes al salario de los altos funcionarios y autoridades del Estado.
Hasta julio del 2006, el sueldo que recibían los parlamentarios consistía en una remuneración base de S/5.113 y un pago por función congresal de S/5.198, lo que hacía un total de S/10.311.
De manera adicional, cobraban S/15.000 por concepto de gastos operativos, tal y como lo recuerda en un artículo Carlos Castañeda Castro, especialista del área de Participación Ciudadana del Legislativo, y según se detalla en un proyecto de Resolución Legislativa que presentó el desaparecido congresista Javier Diez Canseco. Es decir, la suma mensual que recibían, incluyendo los gastos operativos, era S/25.311.
A fines de ese mes, el 31 de julio del 2006, el nuevo gobierno de Alan García emitió un decreto supremo que fijó por primera vez en S/2.600 el valor de la UISP (Unidades de Ingreso del Sector Público), que es el monto base para determinar la remuneración de los servidores del Estado.
Días después, el 8 de agosto del 2006, y alegando la puesta en marcha de una política de austeridad, la Mesa Directiva del Congreso adoptó el Acuerdo N° 006-2006-2007/MESA-CR para fijar en 6 UISP la remuneración global de los parlamentarios. Este monto, equivalente a S/15.600, ya no hacía distinción entre los conceptos de sueldo base y función congresal.
Esta fusión no incluyó el pago por gastos operativos, por lo que se siguió recibiendo en paralelo.
Fuente: Congreso de la República
En la práctica, los congresistas pasaron de recibir ingresos directos de S/10.311 a S/15.600. Si consideramos que reciben catorce sueldos anuales, los padres de la patria dejaron de cobrar S/166.400 al año y empezaron a recibir S/218.400 por ese concepto en el mismo periodo.
A la semana siguiente, el 16 de agosto del 2006, la entonces presidenta del Congreso, Mercedes Cabanillas, aprobó un Acuerdo de Mesa Directiva para reducir los gastos operativos de S/15.000 a S/7.617, y ordenó que a partir de entonces se rindiera cuentas del 90% de este dinero. Esta última exigencia no duró mucho, porque el acuerdo era una norma de menor jerarquía respecto al Reglamento del Congreso, que en su artículo 22 obliga a declarar apenas el 30% de dichos gastos.
Así se configuró el ingreso actual de los congresistas: S/15.600 de remuneración directa y S/7.617 por gastos operativos, lo que hacía un total de S/23.217.
El decreto de urgencia 038-2006, del 30 de diciembre del 2006, -aludido por la vicepresidenta y congresista Mercedes Aráoz en respuesta esta verificación- no modificó los montos asignados a los parlamentarios, que se mantienen hasta hoy.
Aumentos encubiertos
La evolución en los ingresos de los congresistas continuó el 2 de octubre del 2008, cuando el Congreso decidió, por medio de una resolución legislativa, convertir los denominados 'gastos operativos' en una 'asignación por desempeño de la función congresal', que en la práctica tenía el mismo fin: solventar gastos de alojamiento, alimentación, transporte, combustible, atención a sus representados o delegados, entre otros. En seguida, a través de un Acuerdo de Mesa Directiva, fijó el monto que cada parlamentario recibiría por este concepto: S/7.617.
Es decir, el mismo monto por el mismo asunto.
Fuente: Congreso de la República.
En este punto, cabe precisar que en el 2010 se creó un nuevo ingreso a favor los congresistas: el cobro por semana de representación.
Mediante el Acuerdo 018- 2010-2011/MESA-CR, la gestión de César Zumaeta dispuso el apoyo logístico a los despachos congresales “para gastos no previstos en las actividades de la semana de representación, [esto] comprende los conceptos de combustible, alquiler de vehículos y equipos, peajes y otros no previsibles, que cumplan directamente con el objeto de apoyo a las actividades de la semana de representación". Según el acuerdo, "se trata de un monto máximo, reembolsable y no acumulable, cuya rendición documentada debe darse en un 100%”.
Fuente: Congreso de la República.
Esta disposición fue cambiada en septiembre del 2017, durante la gestión del legislador de Fuerza Popular Luis Galarreta. El monto inicial de S/2.000 por semana de representación se convirtió en S/.2.800 netos. Además, se modificó el artículo 22 del Reglamento del Congreso para eliminar la obligación de rendir de cuentas de manera documentada sobre ese dinero y reemplazarla por el requisito de presentar un informe simple, con textos o fotos que expliquen las actividades realizadas por los parlamentarios durante las visitas a sus regiones de origen.
Fuente: Congreso de la República.
Consultado para esta verificación, José Elice, ex Oficial Mayor del Congreso, explicó que en la actualidad no hay forma tangible de saber cuánto del dinero que usan los parlamentarios proviene del concepto de remuneración directa o por el concepto de asignación por desempeño, pues ambos ingresan directamente a sus cuentas bancarias. El reglamento actual no obliga a la rendición del 100% de los gastos de la asignación por desempeño.
Los voceros de la vicepresidenta Mercedes Aráoz indicaron por escrito a OjoPúblico que la también congresista reconoce las variaciones de ingresos que han recibido los parlamentarios estos años. “Cuando ella dice que se tiene que sincerar el sueldo de los congresistas es porque, desde su punto de vista, las asignaciones (que han ido variando en los últimos años en montos y modalidades, según los acuerdos de la Mesa Directiva del Congreso), [en la práctica] son parte de su remuneración, porque incluso están afectas al impuesto a la renta. Pero, como no son pensionables, no se consideran [oficialmente] parte de la remuneración de un congresista”.
OjoPúblico extendió la consulta a Félix Ramírez Sánchez, juez de la Corte Superior de La Libertad y miembro de la Sociedad Peruana de Derecho Constitucional, quien explicó que hay jurisprudencia para decir que los gastos operativos que reciben los magistrados y los docentes sí son parte de su remuneración. Estos fallos han sido emitidos por juzgados penales, e incluso por el Tribunal Constitucional.
Sin embargo, no existe ninguna causa para esclarecer la clasificación de los ingresos que reciben los congresistas.
“El único que puede determinar la naturaleza de las remuneraciones es un juez constitucional, no el Parlamento", indicó el juez Ramírez Sánchez. "Tampoco se puede sostener la legalidad e idoneidad de estos cobros a través de acuerdos de Mesa Directiva, pues estos tienen un rango jerárquico menor que un reglamento o una ley", señaló.
Según el magistrado, para determinar si un cobro es remunerativo se necesitan tres elementos: 1) que el pago sea permanente en el tiempo; 2) que sea de libre disponibilidad; y 3) que la finalidad del pago sea razonable y no esté relacionado a una labor específica.
“Si el monto se entrega como condición para realizar un trabajo, entonces no es una remuneración, es una necesidad para concretar la labor encomendada. Pero si se exonera la rendición de cuentas, pasa a ser de libre disponibilidad del congresista y se acerca más a ser considerada una remuneración. Entonces, tendríamos que analizar la naturaleza y objetivo de cada concepto de pago para confirmar o descartar si son sueldos encubiertos. Y eso solo se puede hacer en vía judicial”, agregó el magistrado.
Por todo lo expuesto, OjoPúblico considera que la afirmación hecha por la vicepresidenta Aráoz, respecto a que “los salarios [de los congresistas] bajaron el 2006, no han tenido incremento entre estos años. Es un hecho fáctico”, es falsa.