Estado de Emergencia por Covid-19 expone la informalidad del sector laboral en el Perú

El presidente Martín Vizcarra anunció la entrega de un bono de S/ 380 para población más pobre mientras dure la emergencia, sin embargo, especialistas sostienen que se necesitan medidas excepcionales para trabajadores informales.

DESPROTEGIDOS. Los trabajadores informales se encuentran sin protección social frente mandatos de emergencia como la cuarentena por el Covid-19.

DESPROTEGIDOS. Los trabajadores informales se encuentran sin protección social frente mandatos de emergencia como la cuarentena por el Covid-19.

Foto: Andina.

El desafío más grande de la cuarentena declarada por el gobierno desde el día de ayer tiene que ver en cómo el Estado asumirá los costos que implican dejar de trabajar para miles de personas que dependen de empleos informales o de trabajos eventuales. En el país el sector informal representa el 70% de la población económicamente activa, según un informe del Instituto Nacional de Estadística e Informática publicado a fines del 2017

En el Perú, de acuerdo a los datos del INEI, las regiones con mayor porcentaje de empleos informales son Huancavelica (90%), Apurímac (90%) y Cajamarca (88%), precisamente las más pobres de acuerdo al último Censo. Las cifras por sector económico detallan que los sectores más afectados son el agropecuario y pesca, con 98%; seguido del rubro restaurantes y alojamientos, con 87%; y el de transporte y comunicaciones, con 84%. 

El presidente Martín Vizcarra anunció que entre las medidas tomadas por la emergencia se ha previsto la entrega de bonos de S/ 380 para “las familias más vulnerables y puedan así acatar el Estado de Emergencia”. Sin embargo, especialistas consultados por OjoPúblico alertaron que la norma debe ser mejorada pues se necesitan medidas excepcionales para los trabajadores informales, como permitirles la postergación de sus pagos de servicios.

 

¿Quiénes son las familias vulnerables?
 

Durante el anuncio del bono a favor de familias vulnerables, la titular del MEF señaló que los beneficiarios serán personas consideradas en el nivel socioeconómico de pobreza y pobreza extrema. Esta última categoría asignada a aquellas personas que en el mes no logran superar el valor de una canasta básica familiar (S/ 328). El presidente Martín Vizcarra y la ministra precisaron que el bono beneficiará a 9 millones de personas. Ayer por la noche, el premier Vicente Zeballos indicó en una entrevista televisiva que este jueves 19 comenzarán con la entregar de estos bonos.

 

¿Quiénes recibirán el bono de 380 soles? 
 

La ministra de Economía y Finanzas, María Antonieta Alva, indicó que el apoyo económico estará destinado a tres millones de hogares. “Dotaremos de un apoyo a familias en pobreza y pobreza extrema, los más vulnerables. También se creará un fondo de apoyo empresarial para la micro y pequeñas empresas”. 

Para el docente de la Escuela de Gestión Pública de la Universidad del Pacífico, Marcel Ramírez, el subsidio anunciado por el Poder Ejecutivo irá para quienes tienen menores ingresos económicos. “El criterio de priorización va a ir siempre a los que tienen menos capacidad de solventar sus ingresos. No va a poder llegar a todas aquellas familias que sustentan sus gastos con el empleo informal”, dijo.

 

El economista Carlos Parodi indicó que se necesitan medidas excepcionales como permitirles [a los trabajadores informales] la postergación de sus pagos de servicios o de arbitrios.


En el anuncio del Ejecutivo no se ha mencionado qué ocurrirá con los trabajadores informales cuyos ingresos pueden superar las categorías anunciadas como beneficiarias del bono. El exministro de Trabajo, Christian Sánchez, sostuvo que el gobierno peruano debe revisar el rol de los trabajadores “autónomos” o independientes cuyos ingresos dependen de sus labores diarias y no cuentan con una “protección social adecuada” frente a situaciones de emergencia. 

En la misma línea, el economista e investigador de la Universidad del Pacífico, Carlos Parodi, indicó que para los trabajadores informales -varios de ellos que no serán beneficiados por el bono de S/380- se necesitan medidas excepcionales como permitirles la postergación de sus pagos de servicios o de arbitrios. “Tenemos que ponernos en el caso de estas personas [informales]. ¿Cómo les pedimos usar jabón si les van a cortar el agua por no pagar?, dijo a OjoPúblico.

El Decreto de Urgencia publicado ayer en el diario El Peruano precisa que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) aprobará el padrón de los hogares beneficiarios en un plazo no mayor de dos días calendario desde la publicación, es decir, este jueves.

 

¿Quiénes no pueden acudir a sus centros de trabajo?
 

Todas las personas dedicadas a la asistencia, contabilidad, administración o similares en empresas, asociaciones civiles u Organizaciones No Gubernamentales (ONG) que no estén dedicadas a los rubros comprendidos en la norma de emergencia. Tampoco quienes se desempeñan en agencias de publicidad, productoras audiovisuales, librerías, venta de calzado o ropa, restaurantes, bares, cafés, entre otros. 

En el anuncio del Ejecutivo no se ha mencionado qué ocurrirá con los trabajadores informales cuyos ingresos pueden superar las categorías anunciadas como beneficiarias del bono. 


La Sunafil también ha recordado que solo deben prestar servicios los minoristas de víveres, bebidas, productos y bienes de primera necesidad; farmacias, ópticas, establecimientos médicos, productos ortopédicos, grifos y bancos.

 

¿Quiénes sí pueden continuar trabajando? 
 

De acuerdo al Decreto Supremo 044-2020-PCM, solo podrán trabajar las personas de establecimientos que abastecen alimentos, medicinas, los que garanticen la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustible, telecomunicaciones, limpieza, recojo de residuos sólidos, servicios funerarios y otros. También podrán laborar los empleados de establecimientos comerciales minoristas de víveres, bebidas, productos y bienes de primera necesidad; farmacias, ópticas, establecimientos médicos, productos ortopédicos, grifos y bancos. Es decir, bodegueros, trabajadores de supermercados, comerciantes de mercados, cajeros de bancos, vendedores de comida ambulante, periodistas, personal administrativo de estos negocios y servicios podrán acudir a trabajar. Los otros sectores deberán paralizar.

 

Foto:Andina
PARALIZADO. Con el Estado de Emergencia, diferentes actividades del trabajo laboral informal deberá detener los servicios que prestan.  Este sector representa el 70% de la población económicamente activa. 
Foto: Andina


Sin embargo, con la vigencia del aislamiento social, diferentes sindicatos del país acusaron a sus empleadores de obligarlos a asistir a sus centros laborales. Uno de los primeros fue el de Backus, miembro de la transnacional AB Inbev, quienes indicaron que la empresa les comunicó que debían asistir a la planta de producción de gaseosas y cervezas. 

En la carta, publicada por el sindicato, la compañía argumentó que el decreto de urgencia exceptúa de la emergencia a los productores de alimentos, y para ellos las bebidas lo son y deben seguir en producción. 

Para el abogado laboral de la Pontificia Universidad Católica del Perú, Saulo Galicia, compañias como Backus están “haciendo una lectura antojadiza de la norma” para sostener que producen alimentos que no son de primera necesidad. “El Ministerio del Trabajo debe establecer ahora cuáles serán las sanciones para las empresas que no cumplen con el Estado de Emergencia”, señaló a OjoPúblico. 

Con la vigencia del aislamiento social, diferentes sindicatos del país acusaron a sus empleadores de obligarlos a asistir a sus centros laborales.

Otros sindicatos como los de la refinería Nexa Resources, la minera de capitales chinos Shougang y la minera Cerro Verde -con operaciones en la región Arequipa- también acusaron a sus empleadores de obligarlos a acudir a sus centros laborales pese a la vigencia de la cuarentena. Sin embargo, hoy el MEF exceptuó de la cuarentena al sector minero, con el fin de "garantizar el sostenimiento de las operaciones con personal mínimo indispensable, en condiciones de seguridad, salud y ambiente".

Al cierre de este informe, el Ministerio de Trabajo no publicaba el Decreto de Urgencia para sancionar las infracciones de compañías que no cumplan con el Estado de Emergencia. Tampoco se ha pronunciado sobre las denuncias publicadas por los sindicatos. 
 

¿Qué pasa con los trabajadores formales afectados por la emergencia?
 

Se ha planteado la posibilidad del trabajo remoto. Esta modalidad permite la prestación de servicios desde el domicilio o lugar de aislamiento domiciliario del trabajador con el uso de cualquier medio o mecanismo que posibilite realizar las labores fuera del centro de trabajo, siempre que la naturaleza de las labores lo permita.


Bajo esta modalidad, de acuerdo al Decreto de Urgencia 026-2020, no debe verse afectado el vínculo laboral, remuneración y demás condiciones económicas del trabajador. Si bien todavía no se ha publicado una norma para brindar precisiones sobre los trabajadores formales y el rol de los empleadores, los especialistas coinciden en que deben seguir siendo remunerados. “El empresario va a tener que cumplir. No puede implicar que se suspenda el pago al trabajador bajo ninguna circunstancia”, refirió a OjoPúblico el economista Carlos Parodi.

 
Con la entrada en vigencia de la cuarentena se han alertado sobre empresas denunciadas por sus trabajadores como en el caso de Cineplanet, investigada por Sunafil al registrar presuntos despidos masivos con la finalidad de no pagar a sus trabajadores los 15 días que el establecimiento se encontrará cerrado.

 

¿Dónde pueden denunciar los trabajadores si la empresa los obliga a laborar?
 

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) emitió un comunicado para señalar que se pueden realizar denuncias virtuales durante el Estado de Emergencia y que serán atendidas por los equipos especiales de inspectores. Pueden llamar a la línea gratuita 0800-16872 o completar un formulario en este enlace.

 

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