El gobernador regional de San Martín, Pedro Bogarín, comentó sobre los protocolos para el entierro del primer fallecido por Covid-19 que registró en su región este último martes. En ese marco, señaló lo siguiente: "No hay crematorio en Tarapoto, y el Minsa dice que [un fallecido por Covid-19 puede ser] enterrado". Tras revisar los protocolos del Minsa y consultar con expertos sobre el tema, OjoPúblico concluye que esta afirmación es verdadera.
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Las declaraciones del gobernador regional se produjeron durante la siguiente entrevista con RPPNoticias:
Pedro Bogarín: No hay crematorio en Tarapoto y la normatividad vigente del Minsa dice que, en caso no hay un crematorio, [el fallecido] es enterrado en las próximas horas, cumpliendo un protocolo, que ya se ha cumplido. Y el paciente está para ser enterrado.
RPP: Y ese protocolo, ¿cuál es?, ¿son bolsas especiales?
Pedro Bogarín: Son bolsas especiales, herméticas, donde va el cadáver; luego se hace un procedimiento con la sustancia a base de hipoclorito de sodio y se deposita, ya sin capacidad de contaminar, en el ataúd; y debe ser cremado o enterrado rápidamente
RPP: Y [...] ¿ya se lo entregaron el cuerpo a sus familiares o están por hacerlo?
Pedro Bogarín: No, no se entrega el cuerpo a los familiares.
Cabe precisar que el último martes, el Ministerio de Salud (Minsa) oficializó el primer deceso de un paciente con Covid-19 en la región San Martín. Se trata de un hombre de 66 años con diabetes que estuvo internado en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) del Hospital de Tarapoto. La víctima falleció a causa de una neumonía crónica e infección por Covid-19.
Consultado para esta verificación, el gobernador regional de San Martín, Pedro Bogarín, precisó que la víctima era un paciente de la ciudad de Moyobamba que había sido internado recientemente en el Hospital de Tarapoto. Tras su fallecimiento optaron por enterrarlo en el cementerio por la falta de crematorios en la jurisdicción.
“El protocolo dice que el paciente se crema en el sitio donde murió, y si no hay crematorio, se entierra. Hay un crematorio en el distrito de Yantalo en Moyobamba, pero la norma también señala que no se puede trasladar al paciente”. Bogarín aseguró que también aplicaron el protocolo con los familiares del fallecido. “El hijo [de la víctima] estaba a 20 metros de distancia en todo el proceso del entierro. La intención de él era traerlo a Moyobamba, pero eso tampoco se podía”.
El protocolo al que hace mención el gobernador Bogarín, se encuentra establecido en la directiva sanitaria N°087-2020-DIGESA/MINSA, aprobada el 22 de marzo último, mediante la Resolución Ministerial 100-2020-MINSA. Este documento plantea los lineamientos para el manejo de cadáveres de personas con Covid-19 y el control de riesgos de contaminación que pueden generar. Con ello, aporta más procedimientos a lo establecido en el ‘Documento Técnico: Atención y Manejo Clínico de Casos de COVID-19, Escenario de Transmisión Focalizada’.
Ahora bien, acorde a los señalado por el gobernador regional, el capítulo quinto, sobre las disposiciones generales, indica que, ante la falta de crematorios en la zona, se realiza la inhumación del cadáver (entierro) en las 24 horas de la certificación de la muerte, bajo las medidas de bioseguridad. Las indicaciones para los entierros se desarrollan en los puntos siguientes:
Colocar el cuerpo de la víctima con Covid-19 en una bolsa hermética que deberá pulverizarse con desinfectante: una solución de hipoclorito de sodio (lejía).
Si el cierre de la bolsa es con cremallera se procederá al cierre hermético; caso contrario, el sellado será con pegamentos y otros insumos para asegurarlo. Luego, el cuerpo es colocado en el ataúd o féretro. Este último tampoco deberá ser abierto bajo ningún motivo.
Trasladar el cadáver directamente al cementerio de la jurisdicción distrital o provincial para el entierro.
Para la inhumación en un nicho o sepultura en tierra deberá cumplirse lo estipulado en la ley de cementerios y servicios funerarios, y su reglamento.
El velatorio de la víctima está prohibido.
Durante una conferencia virtual del Minsa, el coordinador del Área de Sustancias Químicas y Calidad del Aire de la Dirección General de Salud Ambiental (Digesa), Elmer Quichiz, explicó que el cadáver no debe ser trasladado a ningún otro lugar. “Hemos dicho, mientras menos contacto, mientras menos exposición haya, vamos a controlar el agente; por lo tanto, en el distrito, la provincia donde esté la persona fallecida, allí se hará la inhumación”.
Por su parte Manuel Espinoza, infectólogo del Instituto Nacional de Salud del Minsa, señaló a OjoPúblico que los pocos crematorios que existen en el país están centralizados en Lima. Asimismo, dijo que las personas sospechosas con Covid-19 que fallezcan también se ajustan a este protocolo. “En este momento, si fallece en manejo hospitalario, pero sin resultado o con resultado negativo, igual se sigue el protocolo. Si hay sospecha es mejor que se proceda a cremarlo o enterrarlo”.
En ambos casos, el manejo de cadáveres dispone que los especialistas que tengan contacto con el cadáver lleven un Equipo de Protección Personal (EPP). También, indica que una cantidad limitada de personas se encargará de la preparación y traslado del cadáver, cuyas indicaciones figuran a continuación:
El cadáver no debe permanecer por más de 24 horas en el mortuorio del centro de salud o vivienda. Luego, son colocados en una bolsa impermeable y se cierra herméticamente.
La bolsa con el cadáver debe rociarse con lejía, y proceder a colocarlo en el ataúd.
Si el paciente fallecido con Covid-19 cuenta con seguro de salud, el financiamiento para su cremación o inhumación será asumido por la Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento (IAFAS), ya sea del ámbito público o privado.
Para el caso de personas en condición de indigencia que fallezcan por Covid-19 y no cuenten con seguro de salud, el financiamiento para su cremación o inhumación será asumido por el Seguro Integral de Salud (SIS). La entidad se encargará de las gestiones administrativas y financieras.
En caso de cremación, se entregarán las cenizas de la víctima a los deudos, quienes lo obtendrán en una urna hasta 24 horas después de la cremación.
El ministro de Salud, Víctor Zamora, fue consultado sobre este tema durante una entrevista con el diario Perú 21, el último martes. Zamora confirmó que la primera opción debe ser el crematorio; y la segunda, el entierro del cuerpo, que debe ser herméticamente cerrado dentro del ataúd.
El protocolo elaborado por el Minsa está basado en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS). El documento precisa que las víctimas pueden ser cremadas o enterradas. Además, dispone que los protocolos que adopten los Estados deben aplicar “principios de sensibilidad cultural”, así como instruir con medidas de precaución a los familiares para evitar tocar y besar el cuerpo del paciente fallecido.
Estas observaciones están sujetas a revisión y modificaciones en función a las nuevas evidencias que surjan. La última versión data del 18 de marzo del 2020.
En función a lo revisado, OjoPúblico concluye que la afirmación del gobernador regional de San Martín, Pedro Bogarín, acerca de que no hay crematorio en Tarapoto, y que [un fallecido por Covid-19 puede ser] enterrado, es verdadera.
Foto principal: Página oficial de Facebook del Gobierno Regional de San Martín
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