DAÑO. Distintos casos recientes exponen la gravedad y extensión de este delito en el país.
En el mes de febrero del año 2002 entró en vigencia la Ley Nº 27666, norma que declaró el segundo domingo de abril de cada año como el “Día del Niño Peruano”. La misma norma dispuso que, a través del presidente del Consejo de Ministros, el gobierno de turno presente un balance anual ante el Congreso de la República sobre el impacto de los planes ejecutados a favor de los niños, niñas y adolescentes (en adelante NNA). Lamentablemente, para el año 2022, no son los fines festivos de esta ley los que prevalecen, sino la necesaria rendición de cuentas por el sostenido aumento de casos de violación sexual en perjuicio de este grupo poblacional.
Una alerta permanente sobre esta situación y materia de diversos estudios, ha sido la numerosa población penal en prisión a causa de este execrable delito, sólo superada por la más numerosa población de internos por robo agravado. Si bien la poca movilidad y prolongada permanencia en prisión de los violadores de NNA se debe a sus elevadas penas, incluida la cadena perpetua, sin posibilidad de beneficios penitenciarios ni gracias presidenciales, su incremento sostenido dentro del sistema penitenciario siempre llamó la atención, y eso resultó más notorio en la comparación de internos por este delito en enero de 2020 y enero de 2021.
Al iniciar el año 2021, en medio del periodo más crítico del encierro social a causa de la COVID-19, sólo el número de violadores sexuales de NNA reportó crecimiento .
CONDENADOS. El número de internos por violación sexual de menores en 2017 fue de 8,107 y se incrementó a 10,074 al cierre de 2021, según cifras del INPE.
Foto: Andina.
En esa misma línea, un dato representativo del impacto inmediato de la pandemia en la incidencia de este delito se advierte al revisar el registro total de ingresos mensuales a los establecimientos penales. En los últimos seis años, entre enero de 2016 y diciembre de 2021, los ingresos por delito de violación sexual de menores siempre estuvieron entre los seis más numerosos, pero sólo en el mes de abril de 2020, en el primer mes posterior a la declaratoria de emergencia sanitaria nacional, el mayor número de ingresos, con 31 individuos, fue por este delito, incluso más que los ingresos por robo agravado .
Esta información, extraída de los registros administrativos del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), sólo representa una pequeña parte del problema, y debe complementarse con otros registros para un conocimiento más completo de su real magnitud, lo que se verá más adelante.
Antes es necesario destacar la rendición de cuentas anual que exige la Ley Nº 27666 respecto del impacto de las acciones adoptadas por el Estado en defensa de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
Tales acciones, se desarrollaron, en los últimos diez años, en el marco del Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia – PNAIA 2012-2021 (aprobado por D. S. Nº 001-2012-MIMP). Cumplida su vigencia, corresponde al Viceministerio de Poblaciones Vulnerables del MIMP, a través de su Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes, efectuar un balance con los logros obtenidos . La protección de NNA corresponde al último de sus cuatro objetivos estratégicos.
Las tres fuentes revisadas dan cuenta de una clara manifestación de violencia de género.
Cada objetivo estratégico engloba diversas acciones a favor del crecimiento y desarrollo integral de los NNA, incidiendo en su buena salud, educación y en la prevención frente a diversas amenazas, incluidas distintas formas de violencia y delitos en su contra. Entre estos últimos, el de impacto más nocivo es el de violencia sexual, por sus consecuencias traumáticas y por interferir en un altísimo grado el desarrollo evolutivo de los NNA .
Respecto de la reducción de estos casos , el balance final del PNAIA 2012-2021 podría no ser el más alentador: la información del INPE junto con la deotros registros administrativos, ofrece un panorama dramático sobre esta terrible realidad.
Si empezamos con los registros del INPE, estamos refiriéndonos al último eslabón del proceso penal, y en ese ámbito, el número de internos por violación sexual de menores es el segundo más numeroso, y siempre en aumento, entre 2017 y 2021. Tomando como referencia los registros del mes de diciembre de estos últimos cinco años, el número de internos por violación sexual de menores en 2017 fue de 8,107 (9.2% de la población penal), incrementándose a 10,074 (11.55%) al cierre de 2021.
Pero el indicador penitenciario sólo es referencial, pues representa el universo de casos donde el delincuente fue identificado y detenido. Es decir, no representa el total de denuncias donde los responsables no pudieron ser identificados o se encuentran prófugos. De hecho, este tipo de delitos muchas veces no es denunciado, no se denuncia de manera inmediata o sólo se denuncia tiempo después de ocurridos los hechos.La cifra negra o desconocida es muy alta.
No obstante, respecto al universo de casos que logran ser denunciados, resultan reveladoras la data de la Policía Nacional del Perú, a través de sus anuarios estadísticos, y las atenciones registradas en el portal estadístico del Programa Aurora.
En el caso del Programa Aurora, la tendencia desde el año 2016 (2,774 atenciones) al 2021 (6,929 atenciones) siempre ha sido al alza; y en lo concerniente al año 2020, ni los impactos ni las reglas de confinamiento por la COVID-19 detuvieron el incremento. En el caso de la PNP, salvo una ligerísima disminución en el 2020, la tendencia es muy similar, pasando de 4,090 denuncias en 2016 a 6,263 en el 2021 .
En este punto, es importante resaltar que las tres fuentes de información mencionadas dan cuenta de una clara manifestación de violencia de género, conforme puede advertirse de las características de los perpetradores y sus principales víctimas: en el caso del INPE, más del 99% de perpetradores fueron hombres; y en el caso de los anuarios estadísticos de la PNP y los registros del Programa Aurora, las víctimas fueron en un 95% mujeres.
En cuanto al rango etario de las víctimas, la data policial da cuenta de un dato terrible e indignante: las víctimas menores de 11 años de edad representan un 21%, y aquellas de hasta 6 años de edad un 5% (más de 260 denuncias al año).
VÍCTIMAS. Las menores de 11 años de edad representan un 21% del total de víctimas. Además hay un 5% de menores de 6 años.
Foto: Andina.
Precisamente, con relación a este último grupo de víctimas, el Sistema de Registro del Certificado de Nacido Vivo en Línea, del Ministerio de Salud, da cuenta de 117 niñas de menos de 11 años que dieron a luz entre los años 2012 y 2021. En este lapso, el número de nacimientos correspondiente a este último grupo ha ido en aumento, de 3 nacimientos en el 2012 a 15 durante el 2021. Se registró un pico notable de 28 nacimientos en el 2020, el doble que el año previo, sólo explicable por el encierro durante la pandemia .
Cómo último indicador de esta cruda realidad se tiene la estadística del Programa Nacional de Centros Juveniles (PRONACEJ), donde las infracciones por violación sexual de NNA, atribuidas a menores de 18 años, son la segunda infracción más recurrente desde el año 2018 en los centros juveniles de diagnóstico y rehabilitación (intramuros); y la tercera, en los Servicios de Orientación al Adolescentes – SOA (extramuros).
En el primer caso, tal como ocurre con los adultos, la población por robo agravado es la más numerosa; y en los SOA el segundo lugar corresponde a la población por hurto agravado. En todo ese periodo (2018 a 2021), el promedio anual de internos en los centros juveniles por violación sexual de menores fue de 230. Al tratarse de NNA, el temprano inicio de una carrera delincuencial no sólo amenaza con extenderse a otros delitos, sino también, de no mediar acciones de prevención, con afectar el desarrollo personal del propio perpetrador, sus pares y sus víctimas.
El número de internos por violación sexual de menores es el segundo más numeroso, y siempre en aumento.
Este terrible escenario, que se agrava año tras año, motiva una seria reflexión sobre la ruta elegida para hacer frente al delito, pues a todas luces, la persecución penal y el incremento de penas, incluida la cadena perpetua, no resultan suficientes.
La estadística penitenciaria revela datos de singular importancia para conocer el perfil de los perpetradores, incluido un alarmante 13% de personas mayores de 60 años; y la información del PRONACEJ, sobre la alta incidencia de casos entre la población de menores infractores, lo que plantea un esfuerzo a todo nivel en el ámbito preventivo para hacer frente a este fenómeno.
En relación con las víctimas, el riesgo también es latente, considerando el impacto que genera el delito tanto en lo individual como en lo colectivo, pues algunas víctimas tienden a replicar el agravio contra otros menores, incluso sus propios hijos e hijas. Entonces, además de la reacción y la persecusión, el gran desafío sigue siendo la prevención.
Considerando que el incremento de la criminalidad obedece, entre otros, a ciertos factores sociales, como el trabajo y el entorno familiar, la escuela y la comunidad, resulta crucial conocer las futuras respuestas del Estado en el marco de la Política Nacional Multisectorial para las Niñas, Niños y Adolescentes al 2030 , y cómo a través de este instrumento se proyecta fortalecer y consolidar el eje preventivo de intervención.
Las cifras mostradas exigen acciones de emergencia frente a la violación de menores y revertir la tendencia registrada en los últimos años. De lo contrario, las víctimas, niños, niñas y adolescentes, se seguirán sumando.