La ley, la biología y los derechos humanos de las mujeres

La ley, la biología y los derechos humanos de las mujeres
Susana Chávez

Obstetra y maestra en salud pública

El derecho de las mujeres a tomar sus propias decisiones reproductivas es vulnerado por sectores que se oponen drásticamente a la anticoncepción oral de emergencia, al aborto terapéutico, al aborto por violación e incluso al aborto a solicitud de la propia gestante bajo el argumento de que el concebido, desde la concepción, tiene derechos propios, independientes al de la mujer, que lleva el embarazo. En esta columna la obstetra y directora de Promsex analiza el tema.

DERECHOS. No hay manera de avanzar en la igualdad si se siguen imponiendo embarazos forzados que amenazan la propia supervivencia de las gestantes.

DERECHOS. No hay manera de avanzar en la igualdad si se siguen imponiendo embarazos forzados que amenazan la propia supervivencia de las gestantes.

Ilustración: Shutterstock

Durante los últimos 15 años, la Anticoncepción Oral de Emergencia (AOE) y el aborto terapéutico dejaron de ser solo intervenciones sanitarias que servían para proteger la salud, salvar la vida y garantizar el derecho de las mujeres a decidir, para convertirse también en objetos de disputas éticas, políticas y científicas así como en controversias judiciales por la supuesta defensa del concebido.
 
Pero, ¿qué es el concebido? Es la definición jurídica que describe al ser humano, en proceso de formación en el útero de la mujer, desde la concepción hasta que ocurra el nacimiento. Tanto la concepción como el concebido suelen ser descritos por algunos como eventos únicos y totalizantes y, desde esta perspectiva, pretenden establecer ciertos parámetros o prohibiciones que muchas veces atentan contra los derechos de las mujeres, ignorando así que se trata de procesos complejos que, de ser evaluados en su justa medida, podría entenderse mejor el uso de la tecnología en beneficio del derecho de las mujeres a tomar sus propias decisiones reproductivas. 

 
El proceso de la concepción 

 

Desde la perspectiva biológica, la concepción o fertilización, que es la unión del óvulo y espermatozoide, es mucho más compleja de lo que se cree; en realidad, no se trata de un acto único, sino de una concatenación de eventos que empieza un poco antes con la maduración de un óvulo, que ocurre en la mujer entre cada menstruación, y con una relación sexual no protegida o no lo suficiente. Sigue el depósito de espermatozoides en el fondo de la vagina; la carrera migratoria que hacen los espermatozoides para su encuentro con el óvulo maduro; la penetración del espermatozoide, este último muchísimo más pequeño que el óvulo, y el inicio del cambio celular que da origen primero a la duplicación y luego multiplicación de células, mientras que encuentren el lugar de alojamiento en la pared uterina y se produzca lo que se conoce como “implantación”, o lo que se define también como inicio del embarazo. 

Para quienes no lo sepan, se trata de un largo proceso -entre 4 y 7 días después de haberse producido la relación sexual- con eventos llenos de vicisitudes, pues hay quienes estiman que existe hasta un 50 % de pérdidas espontáneas en general, y 20 % después de la anidación. Los desafíos de la fertilización son muchos. No todas las relaciones sexuales, aún en el momento más propicio de la reproducción, llegan a tener éxito. Hay estudios que señalan que de 100 personas aptas para la fecundidad en los días más óptimos para la reproducción, solo 20 podrían lograr el embarazo. Esta capacidad disminuye con la edad. 
Además, los espermatozoides, por más saludables que estos sean y estén presentes en la cantidad necesaria, no están en capacidad inmediata de fecundar, pues necesitan un periodo de aclimatación, lo que se conoce como “capacitación”: proceso que ocurre en el fondo de la vagina y que fácilmente puede tomar hasta 5 días para que el encuentro con el óvulo sea  viable.

La fertilización, que es la unión del óvulo y espermatozoide, es más compleja de lo que se cree. 

Hay que tener en cuenta también que no todos los óvulos fecundados se implantan. En términos totalmente naturales y sin mayor intervención, hay estudios que sugieren que esto ocurre al menos en 2/3 de los óvulos fecundados. 

Asimismo, hay que considerar que no todas las implantaciones (embarazos) tienen contenido embrionario o fetal y es lo que se conoce como gestación anembrionada o sacos vacíos, cuyas causas no se conocen. Incluye como parte de estas complicaciones, el crecimiento desmesurado de la placenta, sin feto, lo que se conoce también como mola hidatiforme.

Es importante señalar que estos procesos se dan de manera microscópica, ajenos a cualquier síntoma o señal, por lo que no es posible percibir o detectar si se está produciendo la fecundación, ni el proceso de duplicación celular. Lo único que sí es posible evidenciar es la implantación, es decir, el inicio del embarazo y cuando la placenta aún en su fase muy incipiente empieza a producir hormonas gonadotrofinas coriónicas, que se pueden detectar en las conocidas pruebas de embarazo, tanto en sangre como en orina. 


El periodo del embarazo dura alrededor de 40 semanas, periodo óptimo de desarrollo fetal que garantiza la madurez necesaria del feto para el nacimiento, sin embargo, se sabe que desde las 28 semanas de embarazo, si es que se garantizan medidas de cuidado, ya presenta posibilidades de sobrevida fuera del útero de la mujer. Más temprano podría ser posible, pero con muchísimos riesgos neurológicos. 

 

El concebido como sujeto de derecho 


Algunos sectores que se oponen drásticamente a la anticoncepción oral de emergencia, al aborto terapéutico, al aborto por violación e incluso al aborto a solicitud de la propia gestante señalan que el concebido, desde la concepción, tiene derechos propios, independientes al de la mujer, que lleva el embarazo. Asumen que debe ser la ley, el Estado, el que debe hacer respetar ese derecho, sin importar si la mujer está de acuerdo o no. 

Para estos sectores, no importa si quien lleva el embarazo es una niña o una adulta, si dicho embarazo es producto de una violación o de la falla de un anticonceptivo, si para la mujer dicho embarazo significa un grave riesgo a su salud, a sus planes de vida, a su situación económica. Para ellos, el embarazo tiene que seguir a cualquier riesgo y costo y consideran que quien rechaza un embarazo es alguien que no asume una responsabilidad y niega, además, el designio sagrado de ser madre. Es de esta mujer malvada, a la que hay que defender a un ser en “desventaja” y que justamente es el feto, que a su entender, es la víctima.

Quienes defendemos la anticoncepción oral de emergencia, el aborto por causales y la despenalización total del aborto no estamos precisamente en contra del concebido. ¿Cómo podría desearse que el desarrollo embrionario o fetal no esté debidamente protegido, cuidado, para que cuando ese nuevo ser llegue a nacer lo haga en las mejores condiciones? ¿Cómo se podría ser indiferente al daño que producen ciertos productos como los cigarrillos, drogas o alcohol al feto? ¿Cómo podríamos olvidarnos del drama de la talidomida? La talidomida fue un terrible medicamento que produjeron los laboratorios sin hacer los estudios necesarios y que ocasionaron  graves efectos como la focomelia, dando origen a lo que se conoció como “la generación de la talidomida”.

¿Cómo podríamos estar en contra del llamado de la Organización Mundial de la Salud (OMS), que señala que el 94 % de las anomalías congénitas graves se estarían produciendo en países de ingresos bajos y medios y que las mismas están relacionadas a problemas con la alimentación y la exposición a factores que producen daños durante la etapa prenatal?
 
Queremos una vida fetal saludable, el derecho de planificar los embarazos y tener embarazos saludables, y que los nacimientos sean cuidados y respetados y que, de presentarse alguna discapacidad, esta sea tratada lo mejor posible para que la persona pueda desarrollarse en sociedad, reduciendo al máximo los impactos negativos y fortaleciendo sus capacidades. 
 
En tal sentido, la premisa de que hay quienes defienden al concebido y quienes buscan destruirlos, no solo es falsa, es también oportunista, pues pone a las mujeres en una inexistente línea enemiga, tergiversando incluso derechos que la propia Constitución reconoce para imponer una carga social  a las mujeres por su sola capacidad de gestar, que es el embarazo forzado. 

Queremos una vida fetal saludable, embarazos planificados y nacimientos cuidados. 

Nadie niega que el embrión y el feto son vida humana y los derechos que este tiene, será “en todo aquello que le favorece” (Cod. Civil, Art. 1), pero será a partir del nacimiento que sus derechos serán los mismos que tienen las personas, por el solo hecho de haber nacido vivo. 
 
De esta forma, tiene mucha racionalidad que nuestro orden jurídico proteja la vida prenatal por las razones ya dadas. Dicha protección no solo se encuentra en el Código Civil, también está en la Ley General de Salud (26842), cuando señala que el concebido es sujeto de derecho en el campo de la salud. Y, aunque el Código del Niño y el Adolescente indica  en su artículo 1 que: “se considera niño a todo ser humano desde su concepción hasta cumplir los doce años de edad”, en este mismo artículo también se señala lo que dicen las otras normativas “...para todo lo que le favorece..”, lo que hace imposible ignorar el hito infranqueable de ser persona, cuyo estatus se alcanza cuando se ha nacido vivo y que es justamente la categoría que tienen las mujeres que gestan, pues ellas por haber nacido vivas, tienen derecho a la salud, a la vida, pero también a su autodeterminación y proyecto de vida, tal como se señala en el excelente análisis que realizan Juan Carlos Diaz Colchado y Beatriz Ramírez en “La constitucionalidad del aborto por violación; una causa pendiente” (Promsex, 2021).

 

Controversia judiciales y legislativas


La Anticoncepción Oral de Emergencia (AOE) enfrenta hasta la fecha 3 procesos judiciales. El primero fue interpuesto por un grupo de ciudadanas, entre las cuales estuve, exigiendo que el Ministerio de Salud (Minsa) cumpla con dicha provisión. Esta causa llegó hasta el Tribunal Constitucional (TC) con un resultado favorable que ordenó al Minsa la distribución gratuita de este insumo, además de informar a la comunidad sobre su existencia. 
 
El segundo proceso judicial contra el Ministerio de Salud fue interpuesto por un grupo denominado Alas Sin Componendas, presentándose a la sala como defensor de los “concebidos”. Dicha demanda también llegó al TC, instancia que, contrariando la decisión previa, decidió atender la demanda y ordenar la suspensión de la distribución de la AOE por parte del Minsa hasta que “existan nuevas evidencias” de que el insumo no interfiere con la anidación, cuyo acto califican de aborto. 

AOE en América Latina - OjoPúblico
 
Una tercera demanda, interpuesta por una fiscal de familia y acompañada por Promsex, solicita realizar una política completa de entrega, orientación e información de la AOE debido a las limitaciones del Ministerio de Salud para la atención a las víctimas de violación sexual. Sobre este proceso se logró una medida cautelar que permite la continuidad en la distribución de la anticoncepción oral de emergencia por el MINSA.


 
¿Cuál es la controversia?

 

Los demandantes de Alas Sin Componenda insisten que la AOE es abortiva, a pesar de todas las evidencias científicas y el posicionamiento de de instituciones como la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Organización Panamericana de la Salud (OPS), el Fondo de Población de Naciones Unidas (UNFPA) y a nivel nacional, la Sociedad Peruana de Obstetricia y Ginecología (SPOG), entre otras.
 
Todas coinciden que la AOE no interfiere con la implantación y su efecto anticonceptivo se basa en que está compuesta por las mismas hormonas que los anticonceptivos hormonales regulares; retrasa la ovulación, es decir, impedirá que el óvulo salga de su cápsula en el ovario, por lo tanto, no habrá óvulo circulando que fecundar; espesa el moco vaginal, atrapando a los espermatozoides, dificultando su capacitación, tal como se explicó anteriormente, y si alguno llega a escapar, lentifica su tránsito y queda varado en el intento. Una demostración de que no interfiere con la implantación si el óvulo llega a fecundar es su tasa de falla, mayor que el anticonceptivo regular, pues evita el embarazo en 9 de cada 10 mujeres. Si impidiera la implantación, su eficacia sería del 100 %.

Alas Sin Componenda y la Asociación Centro de Estudios Jurídicos Santo Tomás Moro también han demandado al Ministerio de Salud a fin de que derogue el aborto terapéutico bajo el mismo fundamento: en nombre del “Concebido”. El primer proceso no tuvo éxito y el segundo se encuentra actualmente en la Corte Suprema. A estas organizaciones poco les interesa las muertes maternas, incrementadas en un 45 % a causa de la pandemia, según datos del propio Ministerio de Salud, tampoco que el aborto inseguro siga siendo una de las principales causas de muerte materna.  
 
Esta organización desconoce las implicancias de una complicación obstétrica, así como los aspectos que una gestación podría tener para algunas mujeres que requieran una atención oportuna, como fueron los casos LC y Kl, en el Perú. También desestiman la normativa nacional que ordena la protección de salud de las mujeres y la no discriminación. Toda esta situación implica una serie de vulneraciones que solo afectan a la mujer, a la que se le exigen sacrificios que a nadie más se le pide, como lo es poner su vida en riesgo.
 
De hecho, quienes se niegan al acceso del aborto terapéutico, así como a los compromisos internacionales de derechos humanos y los serios llamados de atención que ha recibido el Estado peruano en los distintos momentos en que ha vulnerado los derechos de las mujeres más pobres, no están al tanto de los procesos judiciales perdidos por el Estado por no asegurar su garantía de acceso, o que desde 1924 se resolvió este conflicto cuando optó por otorgar el derecho al aborto terapéutico a las mujeres,  el cual es el único no penalizado en nuestro país. 
 
En el 2016 se presentó una iniciativa legislativa para despenalizar el aborto en casos de violación. Fue propuesta por una acción ciudadana, denominada Déjala Decidir, respaldada por más de 60.000 personas y que fue encarpetada por la mayoría fujimorista, sin siquiera discutirla, y que podría colocarse nuevamente en el Congreso a través de otra iniciativa legislativa. 
 
Perú es uno de los pocos países en la región que no reconoce el aborto por violación. Sobre la causal de interrupción del embarazo, está ampliamente demostrada su alta prevalencia, sobre todo porque vivimos en uno de los países más machistas de la región, así como el tremendo impacto que tiene para la salud, proyecto de vida y dignidad de la mujer. Debe considerarse, además, el propio proceso de revictimización que explica en parte porqué las víctimas de violación no denuncian y no confían en la justicia. 

Perú es uno de los pocos países en la región que no reconoce el aborto por violación.

Esperamos que este debate se mantenga, pues no hay manera de avanzar en la igualdad si se siguen imponiendo embarazos forzados que amenazan incluso con la propia supervivencia de las gestantes que no han deseado esos embarazos.
 
Para nadie es una novedad que vivimos en un país de enormes desigualdades, que la discriminación que enfrentan las mujeres está presente aun cuando no sean vulnerables, pues la capacidad biológica de gestar se ha convertido para muchas, las más pobres, en un mecanismo de control y dominación, y representa para muchas una amenaza a su integridad e incluso su vida. 
 
Así que, mientras que la maternidad no sea decisión asumida de manera voluntaria y haya mujeres que ni siquiera puedan decidir con quién tener relaciones sexuales y/o no puedan ejercer su sexualidad de forma placentera, siempre habrá quienes asuman que las mujeres nacimos para el servicio a los demás como lo señaló la congresista Milagros Jáuregui de Aguayo de Renovación Popular (RP) en marzo de esta año cuando postulaba al Congreso. 
 
En un mensaje en su iglesia sostuvo que “esos dones y talentos que tenemos (las mujeres) muchas veces nos pueden parecer que somos más inteligentes que el hombre y es tan triste porque no nos damos la posición que Dios nos dio para dar ayuda idónea a nuestros esposos”. También señaló que: “Dios creó al hombre para ser el rey, profeta y sacerdote de tu casa. Esa es la posición que Dios le dio al hombre y ninguna mujer tiene el derecho de quitarle al hombre el lugar que Dios le dio”.
 
Por lo tanto, no es raro que Jáuregui de Aguayo, junto a una veintena de congresistas, haya firmado el proyecto de ley que reconoce derechos al concebido (Proyecto de Ley Nro 785/2021) y que pretende declararlo persona. Estamos avisadas: las mujeres estamos en riesgo y bajo ataque. 

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