Lava Jato: Ordenan detención de accionista principal de Grupo El Comercio

Juez Concepción Carhuancho dictó orden de prisión preventiva contra cuatro empresarios de la construcción, incluido José Graña Miró Quesada. Serán recluidos en penal Ancón I.

OBSTACULIZACIÓN. Sala consideró que documentos presentados por defensa de Graña Miró Quesada tuvieron como fin ocultar origen ilícito del dinero. / Poder Judicial.

El Juez Richard Concepción Carhuancho ordenó que se detenga inmediatamente al empresario José Graña Miró Quesada, dueño de la constructora Graña & Montero e importante accionista del grupo El Comercio, en el marco de la investigación que se le sigue por presunto delito de colusión en el Caso Lava Jato.

El juez ordenó 18 meses de prisión preventiva contra Graña Miró Quesada y otros tres investigados por el presunto delito de lavado de activos: Hernando Graña Acuña (exfuncionario de Graña & Montero); Fernando Martín Gonzalo Camet Piccone (JJ Camet Contratistas Generales S.A.) y José Fernando Castillo Dibós (director gerente general de ICCGSA). Los dos últimos también son acusados de colusión.

El único procesado al que se le otorgó arresto domiciliario fue a Gonzalo Ferraro Rey (Graña & Montero), acusado de lavado de activos, debido a su estado de salud. Su abogado informó que el ejecutivo se encuentra internado en la Clínica Angloamericana –donde permanecerá bajo vigilancia policial por 18 meses–, pues padece de cáncer al cuello.

Los procesados Graña Acuña, Graña Miró Quesada, Camet Piccone y Castillo Dibós se pusieron a disposición de las autoridades en la madrugada del lunes, y serán trasladados al penal Ancón I. El domingo por la mañana, sus representantes habían entregado sus pasaportes a la fiscalía, como señal de no tener intención de abandonar el país.

JUEZ SEVERO. Richard Concepción Carhuancho ha ordenado la prisión preventiva de otros nueve procesados por el Caso Lava Jato. Los expresidentes Alejandro Toledo y Ollanta Humala, así como de la exprimera dama Nadine Heredia, están en esa lista.

Al empezar la sustentación del pedido de prisión preventiva contra los investigados, el fiscal Hamilton Castro señaló: “el día de hoy el Perú será testigo (de) si el sistema de impartición de justicia trata con la misma vara a todos los ciudadanos en el país”. Acusó a los cinco empresarios –que se asociaron con Odebrecht– por presuntamente haberse coludido para pagar un total de US$20 millones en sobornos al expresidente Alejandro Toledo, a cambio de recibir la adjudicación del tramo 2 y 3 de la carretera Interoceánica Sur.

En su resolución, Concepción Carhuancho respaldó la teoría de la fiscalía según la cual la colusión no solo se produjo entre Toledo y el exfuncionario de Odebrecht en Perú, Jorge Barata, en la reunión de Brasil del 2004. Sino, el proceso continuó hasta el primer trimestre del 2005, cuando las tres empresas peruanas aceptaron realizar el pago ilícito. Según el juez, existe un alto grado de probabilidad de que los directivos de Graña & Montero, JJ Camet e ICCGSA se unieron al pacto colusorio con el expresidente.

Otro elemento clave fue la declaración de Barata, quien sostuvo que Graña Miró Quesada, Castillo Dibós y Camet Piccone tenían conocimiento del pago, aunque no sabían los detalles.

UTILIDADES A ODEBRECHT

La piedra angular de la argumentación del fiscal Castro es que, en junio del 2011, las tres constructoras peruanas le cedieron utilidades a Odebrecht –bajo el ropaje de “riesgos adicionales”– para prorratear la coima que la constructora brasileña le pagó a Toledo. Los aportes fueron de US$6,2 millones (Graña & Montero), US$5,6 millones (JJ Camet) y US$3,2 millones (ICCGSA); en total US$15 millones. Para el fiscal, esos montos son sospechosos, pues representan valores por encima del 80% de las ganancias de JJ Camet e ICCGSA; y del 33% en el caso de Graña & Montero. 

Según el peritaje presentado por la fiscalía, no se evidencia que los "riesgos adicionales" correspondan a hechos justificables, pues no se ha presentado sustento alguno. Además, los montos no coinciden con los que figuran en las obras adicionales y complementarias que fueron considerados en los informes de auditoraría de PriceWaterhouseCooper.

SUSTENTO SÓLIDO. Fiscal Hamilton Castro convenció al juez que el acto de colusión entre Toledo y las empresas constructoras fue complejo, y se dio entre fines del 2004 e inicios del 2005, y no en una sola reunión entre el expresidente y Jorge Barata.

Los defensores de los empresarios aseguraron que estos pagos se realizaron de acuerdo a un entendimiento de compensación de liderazgo –firmado en febrero del 2011–, según el cual Odebrecht debía cobrarles a sus socios un porcentaje por los "riesgos adicionales" que asumieron.

Sin embargo, el juez Concepción Carhuancho encontró irregularidades en ese documento: los gastos adicionales debían ser asumidos por el consorcio, y no solo por Odebrecht. Entonces no correspondería que los socios peruanos le cedan utilidades al brasileño. Además, este documento fue registrado en el cuaderno de accionistas con posterioridad al acta de la cesión de utilidades de junio. Por eso, el juez concluyó que el documento parecía haber sido hecho para regularizar y ocultar el orígen ilícito del dinero.

Concepción Carhuancho sostuvo que los investigados están relacionados a una organización criminal, que han tratado de obstaculizar la actividad probatoria, y que sus penas podrían ir desde seis hasta once años de prisión como mínimo.

El Ministerio Público denunció a los cinco involucrados en base a los testimonios de colaboradores eficaces, así como documentos firmados por los ejecutivos de las constructoras peruanas y brasileñas, y las auditorías realizadas por la propia fiscalía. Los defensores de los acusados apelaron la resolución.

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