CRISIS. La norma del 14 de abril dispone la suspensión del pago de planillas hasta por tres meses para mitigar el impacto económico generado por la actual emergencia.
Actualizada: 07-05-2020
Hasta el 28 de abril, 8.690 empresas decidieron acogerse a la suspensión perfecta de labores para dejar de emplear a cerca de 70 mil empleados, en el contexto de la crisis económica ocasionada por el Covid-19 y el Estado de Emergencia decretado por el Gobierno desde el 16 de marzo. OjoPúblico conoció que, de este total, el 2% son grandes compañías que tienen en planilla a más de 100 empleados; mientras que el 15% son pequeños negocios de 11 y 100 trabajadores; y el mayoritario 82% corresponde a microempresas que solo tienen un máximo de 10 personas a su cargo.
De acuerdo a la información recogida para este reportaje, gran parte de las empresas que se acogieron a este mecanismo son comercios, hoteles, restaurantes y negocios del rubro inmobiliario, manufactura y transportes. Las compañías más grandes registran el mayor número de empleados afectados, pues decidieron aplicar la suspensión perfecta a 30.249 personas (el 43,3% del total). Las pequeñas empresas hicieron lo mismo con 19.779 trabajadores, y las microempresas pretenden congelar sus nexos laborales con 19.813 empleados.
De acuerdo con el Decreto de Urgencia 038, publicado el 14 de abril, cualquier compañía puede acogerse a la suspensión perfecta sin esperar la autorización del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE). Solo necesita presentar una declaración jurada en la que asegure la imposibilidad de realizar trabajo remoto con sus empleados, haber gestionado esfuerzos previos como otorgar licencias con goce de haber, y demostrar la afectación económica por el Estado de Emergencia.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), órgano adscrito al MTPE, tiene 30 días como máximo para verificar si las compañías cuentan con la documentación necesaria para justificar la suspensión perfecta. De no ser así, tendrán que pagar a sus trabajadores por el tiempo que fueron separados. Sin embargo, si el plazo vence sin que la Sunafil intervenga, entonces se aplicará el silencio positivo en favor de la empresa.
La norma no excluye a las empresas que se repartieron utilidades en el último año o a las que integran grupos económicos con matrices en paraísos fiscales. Inicialmente, tampoco impedía la participación de las compañías que se habían acogido al subsidio ofrecido por el Estado para cubrir el 35% del salario de sus trabajadores que perciben menos de S/1.500. Sin embargo, esto cambió el 30 de abril cuando se publicó un nuevo decreto supremo para precisar que este último grupo no podía aplicar a la suspensión perfecta.
“La suspensión perfecta es excepcional. Todas [las empresas] se pueden acoger, pero veremos si cumplen las condiciones. La norma dice en qué casos se puede establecer la afectación económica de una compañía y serán los inspectores de la Sunafil los que analizarán la documentación (...) No olvidemos que la norma contempla consecuencias [multas y denuncia penal] si se detectan declaraciones falsas por parte de empleadores que busquen distorsionar la realidad para aprovecharse de la medida”, dijo a OjoPúblico el titular de la Dirección General de Trabajo, del MTPE, Juan Carlos Gutiérrez Azabache.
Al cierre de edición, el MTPE no ha identificado a las compañías que se acogieron a la suspensión perfecta. Sin embargo, OjoPúblico analizó el caso de las empresas de mayores ingresos en Perú que anunciaron a sus empleados que se acogerían a esta medida y otras que reportaron dicha decisión ante la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV). A continuación ocho de ellas, que emplean a 16 mil personas, según la Sunat, y que tienen ingresos totales que oscilan entre los S/77 millones y los S/1.600 millones.
Grupo Intercorp: suspensión perfecta en Cineplanet y Casa Andina
Dos de las ocho empresas son: Cineplex (cuya cadena de cines opera bajo la marca Cineplanet) y Nessus Hoteles Perú (que hace lo propio con los hoteles Casa Andina). Ambas están vinculadas a Intercorp Perú de Carlos Rodríguez Pastor, considerado por Forbes como el multimillonario más importante del país. Según la SMV, este grupo económico tuvo utilidades por S/1.045 millones el 2019, que fueron destinados a capitalizar a la compañía por decisión de sus accionistas.
Durante el Estado de Emergencia, las empresas vinculadas a Intercorp mantuvieron sus operaciones en el negocio de la banca, los supermercados y las farmacias. Al cierre del 2019, Cineplex y Nessus Hoteles –que decidieron implementar la suspensión perfecta para un número no establecido de empleados – tuvieron ingresos totales por más de S/499 millones y S/183 millones, respectivamente, cifras mayores a las que reportaron el 2018.
Cineplex tiene como accionista mayoritario a Nexus Film Corporation, creada en el paraíso fiscal de Panamá. Según los Registros Públicos de dicho país, esta última depende de otras dos sociedades offshore: Dolieburg International y Evalyn Investments, que tienen como representante legal al mismo Rodríguez Pastor.
En tanto, Nessus Hoteles Perú S.A. opera bajo el nombre Casas Andina, un total de 26 alojamientos en diez regiones del país: Lima, Ica, Arequipa, Cusco, Puno, Lambayeque, La Libertad, Tumbes, Piura y Tacna. El 99.9% de las acciones de dicha empresa está en manos de Nexus Hoteles SA, otra firma constituida en Panamá, que también es administrada por Rodríguez Pastor.
El 17 de abril, la cadena hotelera vinculada a Intercorp solicitó ante el Ministerio de Trabajo la suspensión perfecta de labores. Esto a pesar de que sus establecimientos continuaron facturando durante el Estado de Emergencia a través de la iniciativa gubernamental Apoyo Solidario, la cual ofreció alimentación y hospedaje a los peruanos que llegaron del exterior y debían permanecer en cuarentena. Este servicio fue costeado por el Gobierno con una tarifa preferencial.
Tres constructoras se acogen a la suspensión perfecta
En el sector construcción, OjoPúblico identificó a tres empresas que han suspendido a su personal al amparo del Decreto de Urgencia 038: Cosapi, Obrainsa e Ingenieros Ejecutores S.A. (IESA). Las dos primeras están bajo la investigación del Ministerio Público por concertación para adjudicarse obras públicas, dentro del denominado Club de la Construcción. Cosapi fue incluida como colaborador eficaz, y Obrainsa como responsable civil en un proceso penal a cargo del Equipo Especial del Caso Lava Jato.
Cosapi –que tiene entre sus accionistas a las peruanas Interandes Holding S.A. y Laech S.A– es la segunda empresa más importante del país en el rubro de ingeniería y construcción. La empresa tiene 5.569 empleados en planilla y tuvo ingresos por más de S/1.600 millones al cierre del 2019. El 5 de abril anunció que se acogería a la suspensión perfecta, es decir, nueve días antes de promulgarse el Decreto de Urgencia 038. La medida abarca, según su comunicado y sin especificar la cifra, a los empleados “que no pueden continuar trabajando en los proyectos”.
Obras de Ingeniería SAC (Obrainsa) reportó más de S/ 360 millones en sus ingresos del 2019. Esta compañía también declaró, en el período 2018-2019, pérdidas acumuladas por cerca de S/200 millones e incluso estaba al borde de la quiebra, como reveló OjoPúblico en un extenso reportaje publicado el año pasado. La compañía comunicó su intención de acogerse a la suspensión perfecta, el último 22 de abril. La medida recae, según su anuncio, “para todos aquellos colaboradores que no pueden hacer en este momento trabajo remoto o presencial”. En el último reporte de Sunat, la empresa registra 1.111 trabajadores en planilla.
Ingenieros Ejecutores Sociedad Anónima (IESA), creada en 1953 y hoy parte del Grupo Maquinarias, tienen 2.206 trabajadores en planilla y tuvo ingresos por S/177 millones en 2018, según la publicación especializada Perú Top. La compañía se ha especializado en la construcción de túneles y en brindarle servicios a las principales mineras del país. En un comunicado interno, la empresa anunció a sus empleados que se acogerán a la suspensión perfecta por un período de dos meses, entre el 18 de abril y el 17 de junio.
Manufacturas y aerolíneas
Otras dos empresas que pidieron la suspensión perfecta de sus empleados fueron: Corporación Cerámica, dedicada a la producción y venta de cerámicos, porcelanatos y griferías de la marca Trébol-Celima, que llegó a tener ingresos por S/155 millones el 2019; y Lima Caucho, fabricante de llantas y mangueras para el mercado local y de exportación, que tuvo ingresos por S/77 millones el año pasado.
Los dueños de Corporación Cerámica son: Inversiones Cerámica S.A.C, que posee el 55% de sus acciones; y Zurich Capital INC, una sociedad que opera en Panamá con el 21 % de participación. Por encima de ellos aparecen, según los reportes ante la SMV, el fondo de inversión Enfoca y otras tres compañías creadas en sueño panameño: Axana Investments, Hitchal Investments y Rusthal Investments, pero que desde el 2013 se establecieron como personas jurídicas en el Perú.
Con el cierre de las fronteras aéreas, las aerolíneas también están en la incertidumbre sobre la fecha de reinicio de sus operaciones. Una de esas empresas es Avianca, parte del grupo colombiano Taca, con 1.118 empleados en su planilla en Perú. Dicha empresa reportó S/1.080 millones como ingresos en 2018, de acuerdo a Perú Top. Ante la suspensión de los vuelos, y antes de que se oficializara la suspensión perfecta por parte del Ministerio de Trabajo, el sindicato de pilotos de esta compañía alertó el 3 de abril que desde esa fecha la empresa había decidido acogerse a dicha figura laboral.
Minera avisó suspensión perfecta, pero ahora evalúa su decisión
En el rubro de las industrias extractivas hallamos a la Minera Santa Luisa, subsidiaria de la japonesa Mitsui Mining & Smelting, que extrae zinc, plomo y cobre en la región Áncash. Por intermedio de un comunicado fechado el 21 de abril, la empresa informó al Sindicato de Trabajadores Mineros de Santa Luisa que se iba a acoger al mecanismo de suspensión perfecta. Al cierre del 2019, esta compañía tuvo ingresos por S/230 millones.
OjoPúblico entrevistó a Henry Blas Camarena, secretario general de dicho sindicato, quien nos confirmó que dicha minera les envió una carta el pasado 21 de abril en donde les indicaban que “resulta necesario aplicar las medidas que la ley nos faculta, para no vernos afectados negativamente”, en referencia al Decreto de Urgencia 038-2020 de la suspensión perfecta.
Blas Camarena adicionalmente nos dijo que desde esa fecha los empleados de Minera Santa Luisa viven en incertidumbre porque la compañía no ha vuelto a comunicarse con ellos para informarles sobre el decreto supremo que establece a la suspensión perfecta como una "medida aplicable a las relaciones laborales en el marco del Estado de Emergencia Nacional y Emergencia Sanitaria".
El jefe de asuntos legales de la minera Santa Luisa, Pedro Vera Ortiz, envió una carta a OjoPúblico el pasado lunes 4 indicando que la compañía aún no ha “iniciado la suspensión perfecta de labores, por el contrario –y a pesar de las dificultades– hemos cumplido con pagar las planillas de marzo y abril del 2020 de manera íntegra a todos y cada uno de nuestros trabajadores”. Sin embargo, en el correo remitido por la minera a nuestra redacción no se menciona el comunicado que dicha empresa envió el pasado 21 de abril a su sindicato, en donde anuncian su decisión de acogerse al decreto de urgencia.
El jueves 7 de mayo, finalmente, nos comunicamos con Vera Ortiz, para recoger sus impresiones adicionales sobre el tema. En la entrevista nos indicó que la empresa todavía estaba "evaluando" la figura de la suspensión perfecta. "Lo más probable es que no lo hagamos. Nos estamos acomodando a ver cómo vamos a reiniciar nuestras operaciones", agregó. El funcionario de San Luisa también confirmó que envió una misiva el 21 de abril, pero solo a los miembros del sindicato y no a los trabajadores.
El papel de la Sunafil en la suspensión perfecta
Una semana después de la publicación del Decreto de Urgencia 038, el Ministerio de Trabajo estableció el 24 de abril los requisitos que deberán cumplir las empresas para acceder a la suspensión perfecta, pero también el protocolo de verificación de datos que será ejecutado por los inspectores de la Sunafil.
Víctor Gómez, secretario de Defensa y Disciplina de inspectores de la Sunafil, dijo que la verificación de la suspensión perfecta representa una sobrecarga laboral sumada al déficit que ya tenían antes de la pandemia. “Somos 650 inspectores, pero en promedio y de acuerdo a las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo deberíamos ser dos mil”, dijo en entrevista con OjoPúblico.
El abogado laboralista de la Pontificia Universidad Católica del Perú, Edgardo Balbín, dijo que las inspecciones de la Sunafil en este tema deben considerar a los grupos económicos a los que pertenecen algunas compañías. También indicó que las empresas grandes suelen tener gastos planificados y recursos para el pago de beneficios del año. En ese sentido, Balbin cree que a pesar de que algunas compañías han cerrado o han visto afectadas sus ganancias no están “imposibilitadas de dar gratificaciones o vacaciones vencidas”.
El protocolo del 24 de abril indica que las compañías que declaren una afectación económica como justificación para aplicar la suspensión perfecta tienen que presentar rentas de ingreso acreditadas con registros de venta, información de remuneraciones de los trabajadores referente al periodo previo a la adopción de la medida, así como del mes equivalente al año anterior. Finalmente, la Sunafil podrá solicitar información adicional contable y tributaria de la compañía.
El pasado 1 de mayo, la ministra de Trabajo, Sylvia Cáceres, dijo que cerca de 11 mil empresas habían llegado a aplicar la suspensión perfecta a sus empleados, aunque no brindó detalles de la cantidad exacta de afectados o porcentajes de los sectores económicos involucrados. La titular del sector también recordó que su cartera dispone de 30 días para evaluar las solicitudes ingresadas. OjoPúblico pidió a la oficina de prensa del Ministerio de Trabajo precisiones sobre lo dicho por la ministra, pero no hubo respuesta al cierre de edición.