Una guía para comprender los derechos ciudadanos durante las marchas

Para este jueves se ha anunciado una gran movilización en la capital peruana en rechazo al Ejecutivo y el Legislativo, y en demanda de elecciones generales para este año. La convocatoria ocurre con un estado de emergencia vigente en Lima y otras regiones, desde el pasado 15 de enero. ¿Se puede marchar en este contexto? ¿Qué actividades están restringidas? ¿Cuáles son los límites de la policía en sus intervenciones? OjoPúblico conversó con especialistas para responder estas y otras dudas.

MANIFESTACIONES. Como parte de un control de identidad, efectivos policiales solo pueden retener a una persona hasta por cuatro horas.

MANIFESTACIONES. Como parte de un control de identidad, efectivos policiales solo pueden retener a una persona hasta por cuatro horas.

Foto: Diego Huamaní

Desde el fallido golpe de Estado de Pedro Castillo y la asunción constitucional de Dina Boluarte como presidenta del Perú, el último 7 de diciembre, las protestas se han replicado en diferentes regiones del país. Hasta la fecha, los enfrentamientos entre los manifestantes con la Policía y las Fuerzas Armadas han dejado 41 civiles y un policía fallecidos, y más de 1.000 heridos (entre civiles y efectivos policiales), de acuerdo al último reporte de la Defensoría del Pueblo.

En su primera semana de gobierno —y frente al aumento de las movilizaciones, así como algunos ataques a bienes públicos y privados— Dina Boluarte declaró, el pasado 14 de diciembre, el estado de emergencia en todo el país por 30 días calendario. 

Entre finales del 2022 y los primeros días de este año hubo una ligera tregua en las protestas, pero el último 9 de enero se registró la mayor cantidad de fallecidos por día, cuando la ciudad de Juliaca reportó 17 civiles y un policía fallecidos. Asimismo, en un reciente artículo, OjoPúblico expuso graves vulneraciones a los derechos humanos durante las acciones de represión de la policía y militares, principalmente en las regiones del sur del país.

La crisis, como advirtió la delegación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que visitó el país la semana pasada, ha ocurrido en medio de una estigmatización por factores étnicos en el discurso que han tenido algunas autoridades para generalizar a personas indígenas y campesinas a las que calificaron de "terroristas", "senderistas", "indios" y de "otras formas despectivas". 

Desde el fin de semana, distintos grupos de personas viajan desde sus regiones de origen para acudir a la marcha en Lima".

En los últimos días, las marchas han continuado en diferentes regiones y, el pasado 15 de diciembre, a través de un decreto supremo, entró en vigencia un nuevo estado de emergencia. Esta vez, focalizado en las regiones de Callao, Cusco, Lima y Puno; las provincias de Andahuaylas (Apurímac) y Tambopata (Madre de Dios); y el distrito de Torata (Moquegua).

En este contexto, diferentes gremios, colectivos ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil han convocado una movilización para este jueves en la capital peruana. Incluso hay grupos de personas que, desde el pasado fin de semana, dejaron sus regiones de origen para acudir a la marcha en Lima. 

En poco más de un mes de convulsión social, las protestas han centrado sus reclamos en tres consignas principales: la salida de Dina Boluarte de la presidencia de la República y el actual Congreso, junto al adelanto de elecciones generales para este año.

La asistencia a la marcha en Lima tendrá presencia de delegaciones del sur y centro peruano, que en algunos casos han reportado la obstrucción en el tránsito hacia la capital peruana. En Ayacucho, una comitiva que se trasladaba desde el Valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro (Vraem) hacia la capital fue intervenida por la policía. En Ica también se registró otra intervención policial a un grupo de personas que viajaba desde Apurímac.

La Defensoría del Pueblo ha recordado que obstaculizar el desplazamiento de personas se encuentra fuera del marco legal". 

Por este motivo, la Defensoría del Pueblo recordó que se debe garantizar el libre tránsito en el ámbito nacional y que las prácticas para obstaculizar o limitar el desplazamiento de personas “se encuentran fuera del marco legal”. 

En las últimas horas, la presidenta Boluarte exhortó a los manifestantes que participen de la protesta a hacerlo “en paz, en calma”. También realizó una invitación a los diferentes líderes regionales “para poder dialogar sobre las agendas sociales que tienen”. 

Mientras que el presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola, declaró en una entrevista a un medio impreso que descartaba una eventual renuncia de Boluarte y que era la “presidenta que el Perú necesita para esta transición”.

Además, la Municipalidad de Miraflores sostuvo en un reciente comunicado que las manifestaciones y reuniones se encontraban prohibidas. E indicó, también, que había sostenido reuniones con la Policía, la Fuerza Aérea del Perú y los bomberos para "coordinar acciones que permitan salvaguardar la integridad física de los vecinos, así como proteger la propiedad privada y centros comerciales ubicados en el distrito". 

Frente a este escenario, ¿qué medidas se encuentran restringidas durante el estado de emergencia y qué se debe tener en cuenta durante una manifestación?

Protestas en Lima_Diego Huamaní

LIMA. Diferentes gremios, colectivos ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil han convocado a una marcha para este jueves.
Foto: Diego Huamaní.

 

¿Se puede marchar durante el estado de emergencia?
 

Sí. A pesar de que en un estado de emergencia se suspenden algunos derechos constitucionales como el libre tránsito por el territorio nacional o la libertad de reunión, estas restricciones tienen ciertas reglas que dependen del contexto en que se invoquen. 

“Si es un ejercicio pacífico de la libertad de reunión debería permitirse porque no hay perturbación al orden interno. También hay que recordar que el Estado no autoriza [la realización de marchas], sino que hay un aviso previo. No se debe pedir permiso”, explica Juan Carlos Ruiz Molleda, abogado en derechos humanos del Instituto de Defensa Legal. 
 

¿La Policía puede detener el tránsito para intervenir vehículos?


Sí. Sin embargo, de acuerdo al Código Procesal Penal, los efectivos policiales solo pueden retener a una persona como parte de un control de identidad. Dichas comprobaciones, detalla el Código Procesal, deben realizarse “en la vía pública o en el lugar donde se hubiere hecho el requerimiento”. 

Este tipo de control se puede dar sin necesidad de una orden fiscal o de un juez con el objetivo de “prevenir un delito u obtener información útil para la averiguación de un hecho punible”.
 

¿Cuánto tiempo puede estar retenida una persona en un control de identidad?


Para fines de identificación, los efectivos policiales no pueden retener a una persona más de cuatro horas desde su intervención. Además, según el Nuevo Código Procesal Constitucional, en caso de que no se pueda exhibir un documento de identidad se podrá conducir al intervenido hasta la dependencia policial más cercana, pero solo con fines de identificación. Es decir, para tomar huellas digitales y constatar si registra alguna requisitoria. 

En todo este proceso, de acuerdo a ley, la persona intervenida no podrá ser ingresada a celdas o calabozos y tendrá el derecho a comunicarse con un familiar o persona que indique. “Una vez que te hayas identificado, ya no hay ninguna razón para retenerte. Si luego de media hora ya te identificaron, tienen que dejarte ir”, señala el abogado Juan Carlos Ruiz Molleda.
 

¿Existe algún impedimento para movilizarse de una región a otra?


No. Según los abogados consultados, a pesar del estado de emergencia vigente, ninguna persona se encuentra impedida de trasladarse por la carretera. “No hay ningún impedimento para que un ciudadano pueda ir de una ciudad a otra. Ese derecho no está siendo limitado. Todas las personas que están viniendo de las provincias o distritos tienen todo el derecho de llegar a Lima”, señala Katherine Luz Paucar Quispe, abogada de EarthRights International. 

La especialista en derechos humanos también sugiere que de verse vulnerado este derecho o una retención mayor al plazo máximo de cuatro horas estipulado en el Nuevo Código Procesal, se puede acudir a un abogado de oficio especializado en materia penal o a la Defensoría del Pueblo. “En este contexto tan complejo lo mejor es la Defensoría del Pueblo”, recomendó.

De darse el caso, en este enlace se puede presentar una queja ante la Defensoría del Pueblo.
 

¿Qué cuidados debería tener una persona que asista a una movilización?


En los últimos años, como ocurrió en las protestas del 2020 contra el régimen de Manuel Merino, una marcha pacífica puede transformarse en un espacio con riesgos potenciales. En ese sentido, resulta útil seguir las sugerencias proporcionadas por el propio Gobierno y los abogados consultados:
 

  • Portar el DNI o cualquier otro documento de identificación.
  • Abogados expertos en derechos humanos recomiendan llevar impreso la plantilla de un hábeas corpus, que le permite al ciudadano comparecer ante un juez para que este determine si el arresto fue o no legal. También puedes solicitar el hábeas corpus de manera verbal.
  • Compartir tu ubicación con algún familiar o amigo, y avisa a tu entorno de tu participación.
  • Tratar de asistir con un grupo de amigos de confianza y mantenerte cerca a ellos en todo momento.
  • Tener a la mano el número de la Defensoría del Pueblo (0800 - 15170), en caso de tener que denunciar un abuso de la autoridad.


¿Cómo cuidarse de los gases lacrimógenos?
 

En las protestas, los efectivos policiales emplean gases lacrimógenos como uno de los principales insumos de dispersión. El Gobierno propone una serie de medidas para tener en cuenta: 

  • Llevar un pañuelo con vinagre para cubrirte la nariz y boca, que se debe colocar encima de la mascarilla.
  • Llevar una botella de agua con bicarbonato de sodio. Enjuagarte la boca con este líquido te ayudará frente a los gases lacrimógenos.
  • Cubrir brazos y piernas. Evita telas como franela pues tu sudor potencia el efecto del gas.
  • Si tienes cabello largo, hazte una cola o usa una gorra o pañuelo. El gas se impregna en el cabello.


¿Qué debo saber y hacer si un policía me interviene o detiene en una marcha?


Si una persona comete un hecho delictivo o está implicada en un tipo de conducta que genera daños a bienes públicos o privados, corresponde que sea intervenida y hasta aprehendida por las fuerzas del orden. Sin embargo, en muchas manifestaciones se han reportado casos de intervenciones irregulares o detenimientos injustificados.

En cualquiera de estos escenarios, el mismo Gobierno peruano comparte una serie de puntos a tener en cuenta durante una movilización:

  • La policía está obligada a informar sobre tu detención a tus familiares, amigos o abogado, si van a preguntar por ti en la comisaría.
  • Nadie, ni siquiera la policía, te puede obligar a declarar.
  • Tienes derecho a llamar a tus familiares y/o abogado.
  • Tienes derecho a solicitar la presencia de un abogado. No deben imponerte uno, tú tienes la libertad de elegirlo. Si no cuentas con uno, tienes derecho a solicitar un abogado de oficio.
  • No firmes documentos ni actas sin antes leerlos. Si no estás de acuerdo con el texto del documento, nadie puede obligarte a firmar.
  • Identifica a los policías que te detienen. Pide sus nombres y apellidos. Sus nombres o su negativa de identificarse deben ir en tu declaración.
  • Si has sido maltratado, debes decirlo y denunciarlo. Es necesario que esto aparezca en tu declaración y en el acta de detención.
  • Tienes derecho a ser examinado por médicos legistas. Si has sido maltratado o golpeado, debes informarlo. Si eres mujer, tienes derecho a que una enfermera esté presente durante la revisión.
  • No declares sin la presencia de un fiscal. Además, deberá estar presente tu abogado defensor.
  • Pide el nombre del fiscal a cargo o, en todo caso, el número de fiscalía. Tu abogado puede llamar a la Fiscalía.
  • Nadie puede revisar tus conversaciones en el celular sin tu autorización o una orden judicial.
  • Tu familia debe acreditar que tu libertad no es un riesgo a través de documentos que prueben que trabajas o estudias, o incluso recibos de luz, agua o teléfono del lugar donde vives.
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