Guía práctica para el Estado de Emergencia y la cuarentena por el Covid-19

ACTUALIZADO. El Perú ingresó a un periodo de aislamiento social obligatorio para intentar frenar la expansión del coronavirus. Conozca aquí las prohibiciones, servicios que siguen en funcionamiento y cómo acceder a los bonos económicos.

EVOLUCIÓN. El avance de la pandemia en el hemisferio sur desde el primer caso en Brasil.

VIDEO: Alonso Balbuena.

Actualizado al 21-05-2019

El gobierno dictó el Estado de Emergencia en todo el Perú desde el 16 de marzo con el objetivo de frenar el avance del coronavirus. Posteriormente, se anunció la ampliación de dicha medida hasta el 24 de mayo.

La medida dispone la suspensión de las actividades laborales en el sector público y privado (no esenciales), el aislamiento social obligatorio y el cierre de fronteras, por lo que no operará el transporte internacional de pasajeros por vía terrestre, aéreo, marítimo y fluvial. A continuación un resumen de las diferentes medidas restrictivas dictadas en este período.

 

¿Qué medidas económicas ha previsto el gobierno?

 

El Gobierno ha dispuesto la entrega de recursos a las familias más necesitadas a través de cuatro modalidades: Bono Yo me quedo en casa, Bono Rural, Bono Independiente y Bono Familiar Universal. No se deje sorprender, no se están realizando llamadas ni enviando correos electrónicos a los beneficiarios para conocer la fecha de depósito del subsidio.

El Estado también entregó fondos a las municipalidades para que repartan canastas con víveres, dispuso que los trabajadores formales retiren S/2.400 del fondo de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) y que no se les descuente el aporte previsional del mes de abril, además, se permitió el retiro de S/2 mil de las AFP a aquellos que se encuentren sin empleo. 

A eso se suma el subsidio de planillas a las empresas que tienen trabajadores con sueldos de hasta S/1.500 soles y la aprobación de alivios tributarios para empresas que facturen menos de S/21 millones. Y la creación de los fondos Reactiva Perú y FAE Mype para otorgar créditos a empresas en riesgo de romper las cadenas de pago de sus empleados.

 

¿Cómo accedo al Bono Yo me quedo en casa?

 

  1. También denominado Bono 380 porque se paga en dos armadas de S/380 cada uno. Si no recibiste el primer abono, ahora podrás cobrar su totalidad en un solo pago. Este subsidio es para hogares pobres o pobres extremos, según el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH)
  2. Para saber si te corresponde el bono ingresa tu número de DNI y fecha de emisión en https://bono2.yomequedoencasa.pe/#!/ Verifica con cada miembro de la familia si alguno de ellos fue seleccionado.
  3. La plataforma te indicará la fecha, turno y modalidad por la que podrás cobrarlo. Si no aparece, la información está en proceso, consulta al día siguiente.
  4. En caso se te indique acercarte a uno de los cajeros Multired del Banco de la Nación o Globalnet de Interbank, guarda la distancia adecuada.
  5. El trámite lo hace el beneficiario. Llevar DNI y mascarilla. Si la persona designada falleció, sigue los pasos dispuestos por el Gobierno AQUÍ.

 

Bono Yomequedoencasa
BONO 1. También conocido como Bono 360, fue el primero que anunció el Gobierno. Está orientado a hogares pobres y pobres extremos.
Captura: OjoPúblico

 

¿A quién favorece el Bono Rural?

 

Este subsidio es para hogares ubicados en zonas rurales y que se encuentren en condición de pobreza o pobreza extrema. Las familias no deben haber recibido otros bonos durante la emergencia ni estar afiliadas a programas sociales. Si tienes dudas sobre el proceso de cobro, llama al 101. El pago es de S/ 760.

  1. Para saber si eres beneficiario ingresa a bonorural.pe/#!/ o acércate a los Tambos del Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social (PAIS) para que te ayuden a averiguarlo.
  2. En dicha web coloca tu número de DNI, fecha de emisión, y marca la casilla de verificación. Aquí te indicarán la modalidad de cobro que te corresponde.
  3. Si tienes cuenta en el Banco de la Nación, BCP, Banco Interbank, Caja de Arequipa, Caja del Santa, Caja Huancayo, Caja Los Andes, Caja Raíz o Financiera Compartamos te lo depositarán allí.
  4. También puedes recibirlo por banca celular del Banco de la Nación. Afíliate desde tu telefóno marcando *551#
  5. En las localidades más alejadas la distribución sera directa, como se abonan los programas sociales.
  6. Para retirarlo en una agencia bancaria o cajero, usa mascarilla y lleva tu DNI. Solo debe acudir el beneficiario.
  7. El pago se hará hasta 30 días después de finalizada la emergencia sanitaria.

 

bONORURAL
BONO 2. Este bono es para hogares rurales pobres y pobres extremos que no reciban otro apoyo o subsidio del Estado.
Captura: OjoPúblico

 

¿Cómo solicito el Bono independiente?

 

El Bono Independiente es de S/ 760 y se entrega en una sola armada. Es para familias No pobres, según el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH) y debe ubicarse en ámbitos geográficos con mayor vulnerabilidad sanitaria de acuerdo con el Ministerio de Salud (Minsa). Los requisitos son:

  • No ser beneficiario de los programas Juntos, Pensión 65 o Contigo.
  • No haber recibido el bono Yo me quedo en casa.
  • Los miembros del hogar no deben ser trabajadores del sector público o privado ni generar ingresos mayores a S/ 1.200.
  • No califican familias integradas por alcaldes, gobernadores regionales o congresistas.

Pasos para el cobro: 

  1. Consulta aquí sí eres beneficiario www.bonoindependiente.pe ingresando tu número de DNI y fecha de emisión. Si la respuesta es positiva te pedirán un número de celular y te enviarán un código.
  2. Si tienes una cuenta en el Banco de la Nación, allí te depositarán el bono. Si no la tienes, crea tu acceso a la Banca Móvil del Banco de la Nación a través de tu teléfono celular, marcando *551# Recibirás instrucciones por esta vía. Ingresa allí el código que te dieron y presiona enviar. El Banco de la Nación detalla AQUÍ cómo crear el acceso.
  3. Recibido el depósito podrás retirarlo sin tarjeta desde un cajero o agente autorizado del banco.

 

Bono independiente
BONO 3. Este bono es para hogares no pobres, cuyos miembros no están en planilla y ganan menos de S/1.200.
Captura: OjoPúblico

 

¿Como sé si califico para el Bono Universal?

 

Este bono también es de S/ 760 y es para los 6.8 millones de hogares que no cuentan con ingresos formales. Estos son los requisitos:

  • No haber recibido los bonos Yo me quedo en Casa, Independiente o Rural.
  • Ningún miembro del hogar debe estar en planilla del sector público o privado, excepto pensionistas y modalidad formativa, ni tener ingresos superiores a los S/ 3.000 mensuales.

Ingresa a bonouniversalfamiliar.pe/#!/ Pon tu número de DNI, fecha de emisión y marca la casilla de verificación. Allí se te indicará cuál de las cinco modalidades de cobro te corresponde:

  1. Depósito en una cuenta del Banco de la Nación y bancos privados.
  2. Recibir el pago en la "Billetera Tunki", de Interbank, y retirarlo en cualquier cajero Globalnet. Para obtenerla descarga la aplicación Tunki en tu celular y selecciona la opción “Abrir una Billetera Tunki”.
  3. Pago en ventanilla, escogiendo el departamento, provincia y distrito, fecha y agencia bancaria que te convenga.
  4. Banca por celular y posterior retiro en cajeros Multired del Banco de la Nación. Cuando ingreses a la web del Bono Universal recibirás en tu celular los códigos para registrarte a esta modalidad. También una clave de 5 dígitos -que tiene 48 horas de validez- con la que podrás disponer del dinero en dichos cajeros.
  5. En empresas transportadoras de valores.

Para más información comunícate al 101 opción 3, de lunes a domingo de 8:30 a. m. a 8:00 p. m. 

 

BonoUniversal
BONO 4. Este bono es para hogares cuyos miembros no están en planilla del sector público o privado y ganan menos de S/3 mil.
Captura: OjoPúblico

 

¿Qué hago si perdí mi DNI?

 

Si lo perdiste podrás usar el certificado de inscripción (C4) qur brinda el Reniec durante el Estado de Emergencia. El DNI es necesario para identificarse en agentes y ventanillas del Banco de la Nación al hacer el cobro del bono.

Su costo es de S/4,50 y se paga online con una tarjeta Visa y colocando el número de DNI del solicitante, pero para los beneficiarios de los bonos es gratuito.El trámite se hace a través de este link: apps.reniec.gob.pe/certins/validatos.do

Requisitos:

  • Ser mayor de 18 años.
  • Contar con un celular y correo electrónico.
  • Tener una impresora conectada a la PC.

 

¿Qué medidas de restricción están vigentes?

 

Al principio, el Poder Ejecutivo dispuso la inmovilización obligatoria desde las 8 p.m. hasta las 5 a.m., pero desde el 31 de marzo se amplió su inicio a las 6 p.m. para casi todo el país; excepto para Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Loreto, en donde la restricción empieza a las 4 p.m.

Desde el 3 de abril el gobierno dispuso que las mujeres pueden circular solo los martes, jueves y sábados; y los hombres, los lunes, miércoles y viernes. Los domingos la inmovilización social sería para todos. Posteriormente se estableció que la inmovilización será total los feriados de Semana Santa. Pero el 10 de abril se derogó la norma que autorizaba el desplazamiento por género.

Actualmente, la inmovilización rige entre 8 p.m. y 4 a.m. en todo el país, con excepción de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Loreto, donde será desde las 4 p.m. Podrá salir una persona por familia solo para realizar compras urgentes de alimentos, productos de farmacia o realizar gestiones bancarias, usando mascarilla, y de lunes a sábado, según el Decreto Supremo 064-2020-PCM. Los domingos ninguna persona deberá salir de su domicilio.

 

Inmovilización social
TOQUE DE QUEDA. Tres veces se han cambiado las restricciones de tránsito durante la cuarentena. Las regiones del norte del país, y Loreto, tienen horarios de inmovilización más extensos.
FOTO: Renato Pajuelo/Andina

 

¿Qué excepciones existen?

 

Están exceptuados los ciudadanos que laboran en los sectores permitidos por brindar o requerir servicios esenciales, señalados en el artículo 4 del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM. Estos son:

  • Brindar o acceder a servicios y bienes esenciales como la adquisición, producción, almacenamiento y distribución de alimentos.
  • Comprar, producir y abastecer de productos farmacéuticos y de primera necesidad
  • Dar asistencia en establecimientos de salud, cuidar a adultos mayores, niñas, niños, adolescentes, dependientes y personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad. 
  • Acudir a centros, servicios y establecimientos médicos, así como centros de diagnóstico, en casos de emergencia.
  • Para actividades relacionadas a limpieza pública, entidades financieras, seguros y pensiones, distribución y venta de combustible; producción, almacenamiento y venta de combustible; medios de comunicación y centrales de atención telefónica.

Ellos deberán tramitar un pase especial en este link del Ministerio del Interior.  Además, se permite que las personas con autismo puedan pasear con un acompañante, por espacio de 15 minutos, en un lugar cercano. Aquellos que tienen mascotas podrán salir con ellos de forma breve frente a sus domicilios.

 

¿Puedo usar auto particular?

 

No. La inmovilización social incluye el traslado vehicular. Solo podrán circular los autos que sirvan para movilizar personal médico, enfermeras, bomberos y de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional, Serenazgo y medios de comunicación. Y para transportar personal que garantice la continuidad de los siguientes servicios esenciales: abastecimiento de alimentos, salud y medicinas; servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones, limpieza y recojo de residuos sólidos. Servicios funerarios, transporte de carga y mercancías, y actividades conexas.

También están exceptuados los traslados por emergencia médica, a una velocidad máxima de 30 Km/hora y con las luces intermitentes e interiores encendidas, y portar una bandera blanca.

Desde el jueves 30 de abril se dispuso la tramitación de un pase especial para uso de vehículo particular. Para gestionarlo ingresa al enlace: https://www.gob.pe/paselaboral. El uso de este documento no es válido para la adquisición de alimentos, medicinas o transacciones financieras, solo para los servicios esenciales señalados en el párrafo anterior.

Si es intervenido por la policía o las Fuerzas Armadas, presente su pase laboral, pase vehícular, DNI y fotocheck.

Si desacatas esta disposición, los miembros de las Fuerzas Armadas y policiales están facultados para retener tu tarjeta de propiedad y tu licencia de conducir, e imponerte la infracción M41, que se sanciona con S/6.300. Además, si esto sucede en los horarios de toque de queda, será llevado a la comisaría.

 

Policia
MULTAS. Solo pueden usar auto particular aquellos que realicen trabajos esenciales: médicos, bomberos, policías, etc. Caso contrario, recibirán una multa de S/ 6.300.
FOTO: Jhonel Rodríguez/Andina

 

¿Qué instituciones y servicios están cerrados?

 

Todas las empresas, organizaciones y entidades del Estado que no se encuentran dentro de las excepciones no atendrán al público ni realizarán funciones. La restricción alcanza centros comerciales, cines, colegios, universidades, gimnasios, restaurantes, bares e instituciones como el Poder Judicial y el Ministerio Público.

Locales donde se desarrollen espectáculos públicos, actividades culturales, deportivas, religiosas, civiles y de ocio; así como bibliotecas. No se puede salir a correr, hacer deporte, ni pasear en los parques.

 

¿Qué ocurre si no respeto la inmovilización social?

 

Aquellos que se encuentren en la vía pública en esa franja horaria serán detenidos y dirigidos a una comisaría. Sus datos ingresarán a una base de datos para que el Ministerio Público pueda iniciar un proceso penal en su contra. El incumplimiento de la inmovilización social es considerado un delito y la pena va desde los seis meses hasta los tres años

Desde el 14 de abril se han fijado multas de S/86 a S/430 para los infractores. Estas son: 

  • Desarrollar actividades económicas no autorizadas como esenciales.
  • Circular por la vía pública para funciones no autorizadas o sin el respectivo pase laboral.
  • Circular con vehículo de uso particular sin autorización emitida por el Ministerio de Defensa o el Ministerio del Interior.
  • No respetar la inmovilización social obligatoria.
  • Desarrollar actividades sociales, recreativas, culturales, religiosas de aglomeración o concurrencia masiva o no masiva en la vía pública.
  • Circular sin usar la mascarilla.
  • Salir más de una persona por familia, para la adquisición de víveres o productos farmacéuticos.
  • No respetar el mínimo de un metro de distancia obligatorio.
  • No contar o rehusarse a cumplir con la identificación dispuesta por los miembros de la Policía Nacional o de las Fuerzas Armadas.

 

¿Qué servicios están disponibles?

 

Durante este periodo se garantiza el abastecimiento de alimentos, medicinas, así como la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustible, telecomunicaciones, limpieza, recojo de residuos sólidos, servicios funerarios y otros.

Los establecimientos comerciales minoristas de víveres, bebidas, productos y bienes de primera necesidad; farmacias, establecimientos médicos, productos ortopédicos, grifos y bancos estarán abiertos. La permanencia en los establecimientos comerciales permitidos para expender alimentos será solo la necesaria para realizar la actividad, es decir, no se podrá consumir los productos al interior de los mismos.

 

Mercado
PRIMERA NECESIDAD. Los locales y mercados de venta minorista de alimentos sí atenderán con normalidad. Al igual que bancos y farmacias.
Foto: Andina.

 

¿Qué implica la declaración de emergencia?

 

La norma implica el aislamiento social obligatorio de la población. Por ello, se ordena la restricción de los derechos fundamentales a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, la libertad de reunión y de tránsito en todo el país, cuyo cumplimiento será supervisado por la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas.

La Constitución Política, en su artículo 137, establece que este tipo de medidas se pueden adoptar "en caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación" por un periodo máximo de 60 días, y en caso de prórroga se necesitará un nuevo decreto.

Según la carta magna, en una situación de emergencia las Fuerzas Armadas asumen el control del orden interno en el país, si así lo dispone el Presidente de la República. En este caso, el decreto indica que "la Policía Nacional con el apoyo de las Fuerzas Armadas verificará el cumplimiento” del mismo. 

Para la abogada constitucionalista Elena Alvites, estos derechos no se suspenden, sino que se limitan ante situaciones de gravedad como la actual. Las otras garantías ciudadanas, como el habeas corpus, se mantienen plenamente vigentes.

"La decisión es constitucional porque estamos frente a una grave circunstancia que afecta la vida de las personas. La restricción de estos derechos implica que el Estado tiene un mayor poder sobre ellos, es decir, si nuestra libertad de tránsito era ilimitada, ahora se ceñirá solo a dirigirnos a un supermercado o entidad financiera. O que no salga toda la familia, sino una sola persona a comprar víveres", explicó.

 

 

Distanciamiento

 

DISTANCIAMIENTO. Las autoridades piden mantener, como mínimo, un metro de distancia para evitar el contagio, pues muchos infectados no presentan síntomas.
Foto: Andina.

 

¿Qué pasará con los hoteles y sitios turísticos?

 

Los hoteles y centros de alojamiento solo atenderán con la finalidad de cumplir con la cuarentena dispuesta. Todos los museos, sitios y puntos turísticos estarán cerrados mientras dure la emergencia. La cuarentena aplica para los ciudadanos peruanos y extranjeros que se encuentren en Perú en este momento. 

 

¿Qué ocurrirá con el transporte público?

 

Todas las fronteras serán cerradas. Los vuelos aéreos nacionales e internacionales, así como el transporte interprovincial solo podrán circular hasta hoy lunes 16 de marzo a las 23:59 horas. Durante el Estado de emergencia queda suspendido el transporte internacional de pasajeros, por medio terrestre, aéreo, marítimo y fluvial. El transporte de carga y mercancía internacional no se encuentra incluida en la suspensión.

En tanto, el transporte urbano reducirá su oferta en un 50%. Sus choferes deberán realizar la limpieza de sus vehículos, de acuerdo a las disposiciones del Ministerio de Salud.

 

¿Y las personas con síntomas de Covid-19?

 

Las personas que presenten síntomas de Covid-19 deben llamar al 113 y serán visitados en sus domicilios por el personal de salud para que se les realice la prueba. No deben salir de sus casas; tampoco aquellos que tengan un diagnóstico positivo, así sean asintomáticos, pues pueden esparcir el virus. Para ello se reforzará la atención telefónica que realiza el Ministerio de Salud.

 

Si quiere saber más sobre la enfermedad Covid-19, síntomas, recursos y formas de contagio puede ingresar a este artículo: Mitos y verdades para prevenir la expansión del coronavirus.

 

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