Estas son las restricciones en Perú para las fiestas de Navidad y Año Nuevo

Ante la alerta de una eventual tercera ola de Covid-19, el gobierno ha dispuesto una serie de restricciones para evitar el incremento de contagios durante el fin de año y promover la vacunación. Estarán prohibidas todo tipo de reuniones y se ampliará el horario de inmovilización dependiendo del nivel de alerta de cada provincia. Locales que no exijan carné de vacunación recibirán multas de hasta S/4.400. Municipalidades tienen la obligación de fiscalizar el cumplimiento de medidas.

PROHIBICIÓN. Del 10 de diciembre al 2 de enero, se amplía el horario de inmovilización social.

PROHIBICIÓN. Del 10 de diciembre al 2 de enero, se amplía el horario de inmovilización social.

Foto: Andina

 

Un grupo de ciudadanos espera en la entrada principal de la Catedral de Trujillo, ubicada en la región La Libertad, uno de los templos de culto católicos más importantes de esta ciudad. Aunque la iglesia ha cumplido con designar a un funcionario para supervisar que cada uno de los visitantes presente su carné de vacunación contra la Covid-19 para ingresar, como lo establece la norma desde el 10 de diciembre, esta persona no cuenta con ningún dispositivo que le permita confirmar la veracidad de los documentos.

Una escena similar se repite en uno de los centros comerciales más concurridos de la ciudad. Los clientes ingresan al presentar el certificado en físico o virtual. Sin embargo, el personal de seguridad se limita a observar que el documento cumpla con un formato estándar, sin detenerse a contrastar los datos. “Deberían contar con un sistema para leer el QR (del carné de vacunación), porque cualquiera lo puede falsificar fácilmente”, advierte Judith Díaz, una comerciante que recibió ambas dosis de la vacuna Covid-19.

En un recorrido por los principales establecimientos OjoPúblico comprobó que aún es posible ingresar a centros comerciales, entidades bancarias e incluso, instituciones públicas, sin presentar el carné o mostrando un certificado de terceros. 

“Hemos trabajado en capacitaciones con representantes comerciales, municipalidades y el Ministerio de la Producción. Contamos con una aplicación para escanear el QR, aunque esta ha tenido algunas modificaciones, para proteger datos. Las autoridades van a tener que supervisar y si encuentran estas situaciones [irregulares], sancionar”, señala Alexis Holguín Ruiz, director general de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública.

Sin embargo, a pesar de las fallas que aún presenta el proceso de verificación en cada establecimiento, la exigencia del carné de inmunización ha recibido un respaldo mayoritario de la población. “Todos deberían vacunarse. Si bien [el carné] es una obligación, esto forma parte de nuestro propio cuidado”, opina Rosario Ludeña, una ciudadana de 53 años.

Esta nueva exigencia forma parte de un conjunto de medidas dispuestas por el Gobierno peruano, con el fin de evitar el aumento de casos, como ocurrió en diciembre de 2020. Un mes atrás, en noviembre, el incremento de contagios y hospitalizaciones –en gran mayoría de personas no vacunadas– alertó sobre la ocurrencia de un nuevo rebrote. A pocos días de acabar el año, la posibilidad de una tercera ola de Covid-19 en el Perú sigue siendo una preocupación para las autoridades y los ciudadanos.

Carné de vacunación
OBLIGATORIO. De acuerdo al DS 179-2021-PCM, los mayores de 18 años deben acreditar la vacunación completa para ingresar a establecimientos económicos y de culto.
Foto: Claudia Chávez / OjoPúblico

 

¿Qué restricciones aplican en Navidad y Año Nuevo?
 

Todo tipo de reunión y evento social, incluyendo los que se realizan en domicilios, reuniones y visitas familiares, están prohibidas en todo el territorio nacional durante Navidad (24 y 25 de diciembre) y Año Nuevo (31 de diciembre y 1 de enero). Así lo detalla el Decreto Supremo 179-2021-PCM, en su artículo 4, publicado el último 9 de diciembre.

Esto implica que las celebraciones se limitarán al núcleo familiar que habita en la misma casa, como ocurrió en 2020, a fin de evitar desplazamientos y aglomeraciones. Están prohibidas las celebraciones en restaurantes, bares y otros establecimientos, incluso en aquellos que se encuentran al aire libre. “La norma se refiere a las visitas de familiares que no conviven en el hogar. Hay que tener en cuenta que en 2020, muchos de los contagios se dieron en estas fechas (Navidad y Año Nuevo). Por eso el Ministerio del Interior apoyará con la fiscalización”, explicó Alexis Holguín Ruiz, director general de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública.

Para asegurar el cumplimiento de esta medida, la misma norma indica que en todas las provincias de nivel moderado, la inmovilización obligatoria regirá el sábado 25 de diciembre de 2021 y el 1 de enero de 2022, entre la 1:00 a.m. y las 4:00 a.m.

En las jurisdicciones de alto riesgo, como son Chepén y Virú (La Libertad), Concepción (Junín), Huamanga (Ayacucho), Santa (Áncash), Sullana, Sechura y Talara (Piura) y Huancavelica (Huancavelica), desde el 10 de diciembre, la inmovilización rige de 11:00 p.m. a 4:00 a.m. Este horario también aplica para Navidad y Año Nuevo.

Holguín Ruiz precisó que las personas que hayan adquirido paquetes de viaje o estadías en hoteles durante estas fechas, podrán hacer uso de las instalaciones, más no participar de reuniones grupales. Asimismo, indicó que si bien están permitidas actividades como campamentos durante días festivos, estos deben limitarse a integrantes del núcleo familiar. 

Por su parte, Crisólogo Cáceres, presidente de la Asociación Peruana de Consumidores (Aspec), señala que el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) es el encargado de supervisar que a las personas no se les ofrezca productos o servicios prohibidos durante estas fechas a los consumidores.

 

¿Está prohibido el ingreso a las playas?

 

En el caso de las provincias con nivel de riesgo moderado, el uso de playas, ríos, lagos o lagunas, está permitido siempre que se respeten las medidas sanitarias vigentes. Es decir, “sin generar aglomeraciones, concentraciones, ni poner en riesgo la salud de las personas”, según indica el DS 179-2021-PCM

 

 

En el caso de las provincias de riesgo alto, según la norma, también está permitido el uso de playas. Sin embargo, los gobiernos locales podrán adoptar acciones adicionales, en coordinación con los gobiernos regionales y las direcciones regionales de salud.

En este grupo de provincias está incluida, por ejemplo, Talara, un tradicional destino turístico que alberga a los concurridos balnearios como Viyachito, Máncora y Los Órganos. Desde el 10 de diciembre, las personas no pueden reunirse ni circular por la vía pública entre las 11:00 p.m. y 4:00 p.m., y los establecimientos comerciales (restaurantes, tiendas, entre otros) deben cerrar a las 10:00 p.m. Por incumplir estas medidas, el pasado 12 de diciembre, 63 personas, entre ellas 3 extranjeras, fueron intervenidas por la Policía Nacional y conducidas a la comisaría local, donde recibieron multas de hasta S/ 440.Las mismas restricciones se aplican en las provincias costeras de Chepén y Virú, en la región La Libertad, y en Santa, en Áncash, donde se localizan los balnearios de Vesique y El Dorado, los mismos que atraen un gran número de turistas para fiestas de fin de año.

 

Doble vacunación para espacios cerrados

 

Desde el 10 de diciembre, todos los mayores de 18 años deben acreditar haber recibido las dos dosis de la vacuna contra la Covid-19 para ingresar a establecimientos cerrados. Es decir, todas las personas mayores de edad deben presentar el carné de vacunación físico o digital acompañado de su documento nacional de identidad para ingresar a restaurantes, cines, centros comerciales, mercados y cualquier otro establecimiento cerrado.

Los locales incluídos en la norma son aquellos donde se realizan actividades económicas y de culto. Están consideradas también tiendas en general, bodegas, farmacias, restaurantes y afines (bares, salas de espera), casinos y tragamonedas, cines y espacios para artes escénicas (teatros), bancos y entidades financieras, y templos y lugares de culto.

Además, se deberá presentar el carné de vacunación para ingresar a bibliotecas, museos, centros culturales, galerías de arte, actividades de clubes y asociaciones deportivas, eventos empresariales y profesionales, peluquerías y barberías, spas, baños turcos, saunas y baños termales, coliseos y gimnasios. Esta medida rige en todo el territorio nacional.

 

Requisitos para el trabajo presencial
 

Desde el 10 de diciembre, la inmunización completa también es obligatoria para todos los trabajadores del sector público y privado que realicen actividades laborales presenciales. 

De manera excepcional, el Minsa otorgó el último miércoles un plazo máximo de 30 días calendario para que los trabajadores del sector privado, cuyas labores no sean compatibles con el trabajo remoto y que no dispongan del esquema completo de vacunación, puedan seguir realizando labores presenciales. De acuerdo a la Resolución Ministerial 1302-2021/MINSA, esta prórroga solo aplica para puestos clasificados como de “riesgo bajo de exposición” (no requiere contacto cercano y frecuente con el público en general) o para servicios brindados en espacios al aire libre.

Viñeta sobre medidas y restricciones por fin de año.

 

 

¿Cuáles son las sanciones por no solicitar el carné de vacunación o presentar uno falso?

 

Según anunció días atrás el ministro de Salud, Hernando Cevallos, las municipalidades tienen a cargo la fiscalización de la exigencia de presentar carnés de vacunación en establecimientos cerrados, desde restaurantes y centros comerciales. Algunos ya han anunciado la imposición de multas para los locales que no cumplan con solicitar el certificado de inmunización. Por ejemplo, la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) indicó que las sanciones podrían ser de hasta una UIT (S/4.400). Las tarifas podrán variar según los distritos.

Por otro lado, la fiscalización de la inmunización completa de trabajadores presenciales está a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) y de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). No obstante, los protocolos de control y sanción aún están en elaboración.

Antes las denuncias sobre la circulación de carnés de vacunación falsos, adulterados por los propios ciudadanos, así como certificados obtenidos de manera irregular, en complicidad con funcionarios públicos, el Minsa solicitó la intervención de la Procuraduría del sector y de la Policía Nacional. La falsificación de documentos es un delito y el Código Penal lo sanciona con la pena privativa de la libertad.

 

Doble mascarilla e ingresos al país

 

También continúa siendo obligatorio el uso de doble mascarilla, en el caso se utilice una quirúrgica y una de tela sobre ella; o de una mascarilla KN95, para circular por la vía pública e ingresar a establecimientos con riesgo de aglomeración. Un ejemplo de estos locales son los centros comerciales, galerías, tiendas por departamentos y los supermercados.

Respecto al control de fronteras, todos los peruanos, extranjeros residentes y no residentes deben acreditar haber recibido el esquema completo de vacunación contra la Covid-19, por lo menos, 14 días antes de abordar el punto de origen. Esto aplica para todos los mayores de 12 años, independientemente del lugar de procedencia. Como alternativa, quienes no hayan completado la vacunación, deben presentar una prueba molecular negativa, con una fecha de resultado no mayor a 72 horas previas al abordaje. Los pasajeros que muestren síntomas deberán cumplir aislamiento obligatorio.

Se ha limitado, además, el ingreso al país de extranjeros no residentes procedentes de Sudáfrica y Botsuana, o que hayan realizado una escala en estos países en los últimos 14 días. Los peruanos y extranjeros residentes que ingresen, provenientes de estos territorios, deben acreditar la vacunación completa y además presentar una prueba molecular negativa, con un resultado negativo, dentro de las 48 horas anteriores al viaje.

Hasta el 2 de enero, el transporte internacional de pasajeros está suspendido. Para el transporte interprovincial, todos los mayores de 18 solo pueden abordar si cuentan con inmunización completa realizada en Perú o en el extranjero. En caso contrario, deben presentar una prueba molecular con resultado negativo.

El gobierno también ha dispuesto una serie de restricciones focalizadas, según el nivel de alerta de cada provincia.

 

¿Cómo acceder al carné de vacunación?

 

El carné de vacunación es un certificado que el Ministerio de Salud emite solo a los peruanos y extranjeros vacunados en el país. Los carnés se pueden obtener fácilmente ingresando a este enlace o a través de la aplicación para celulares “carnet de vacunación” del Ministerio de Salud (Minsa). Se requiere completar un breve formulario con datos personales como documento de identidad (DNI), fecha de nacimiento y fecha de emisión del documento. 

Este certificado se puede descargar e imprimir para ser presentado físicamente, o puede mostrarse en el celular (virtual).

Los funcionarios del Minsa anunciaron que si algún ciudadano encuentra que el registro de una o ambas dosis de su vacuna contra la Covid-19 no se encuentra disponible, deben solicitar la corrección a la Oficina General de Tecnologías de la Información (OGTI), a través del correo soporte_aplicativos@minsa.gob.pe

Actualmente, el Minsa no otorga carnés de vacunación a las personas vacunadas en el exterior. No obstante, es válida la presentación de los carnés recibidos en otros países.

Carné de vacunación
OPCIONES. El carné de vacunación puede ser mostrado en su versión impresa o digital para poder ingresar a establecimientos cerrados.
Foto: Claudia Chávez / OjoPúblico

 

¿Cómo funciona el carné de vacunación?



El Minsa brinda un código QR que, al ser escaneado por otro celular, muestra el nombre de la persona, los dos últimos dígitos del DNI y si ha completado su vacunación. Sin embargo, a fin de corroborar la identidad de la persona, muchos establecimientos también vienen solicitando el DNI.

Lamentablemente, debido a la aglomeración de personas en días próximos a las fiestas de fin de año, muchos establecimientos no disponen de suficiente personal para corroborar los documentos presentados por cada usuario. En muchos casos, el personal de seguridad se limita a observar el QR. Por ejemplo, en un recorrido por los principales establecimientos de Trujillo, este medio comprobó que aún es posible ingresar a centros comerciales, entidades bancarias e incluso, instituciones públicas, presentando carnés de terceros.

No obstante, esto representa un riesgo no solo para la salud pública, sino también para el propio usuario. Recientemente, el viceministro de Salud Pública, Gustavo Rosell, recordó que portar documentos falsos es un delito y que los ciudadanos que los presenten podrán ser sancionados.


 

¿Qué medidas focalizadas se encuentran vigentes?

 

Desde el 10 de diciembre hasta el 2 de enero, se encuentran vigentes nuevas restricciones para las provincias de nivel de riesgo alto: Chepén y Virú La Libertad), Concepción (Junín), Huamanga (Ayacucho), Santa (Áncash), Sullana, Sechura y Talara (Piura) y Huancavelica (Huancavelica). Estas presentaron un incremento de contagios y hospitalizaciones durante noviembre. Todas las demás provincias se consideran de nivel moderado.

En estas jurisdicciones la inmovilización social obligatoria rige de lunes a domingo, desde las 11:00 p.m. hasta las 4:00 a.m. del día siguiente. Están exonerados de esta medida los trabajadores que prestan servicios en el sector salud, medicinas, financieros, abastecimiento de tiendas de primera necesidad, supermercados, mercados y bodegas. La restricción tampoco aplica para los servicios de restaurante y para los trabajadores de servicios básicos, como agua, energía eléctrica, gas, telecomunicaciones, limpieza, construcción, entre otros.

También tienen autorización de circular aquellas personas que requieren una atención médica urgente o de emergencia, para la adquisición de medicamentos y para participar en el proceso de vacunación, incluyendo a un acompañante. Además, los vehículos particulares pueden transportar a personas que acrediten el uso del servicio de transporte aéreo y transporte terrestre interprovincial.

En las provincias de nivel de alerta alto, los establecimientos cerrados comerciales, de esparcimiento y de culto deben atender con el aforo reducido, según indica el siguiente cuadro:

 

Para todas las demás provincias, la inmovilización social obligatoria rige entre las 2:00 a.m. y las 4:00 a.m. Además, los locales cerrados deben atender con el aforo reducido, según indica el siguiente cuadro:

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