Los chequeos de la crisis: las versiones falsas o engañosas que agravan la coyuntura política

El equipo de verificación de OjoPúblico está chequeando la desinformación relacionada con la crisis política ocasionada por la vacancia presidencial y la toma de mando de Manuel Merino. Este texto se irá actualizando con nuevas verificaciones mientras dure el estado de tensión nacional.

Foto: Andina.

Actualización: 12 de noviembre 10:30 pm

En medio de la agitación ciudadana desatada por la destitución de Martín Vizcarra y la toma de mando de Manuel Merino, está circulando mucha desinformación tanto en redes sociales como por afirmaciones de los principales actores del proceso. Estas versiones se han enfocado en las posibles motivaciones de las marchas, las normas que rigen el derecho de protesta e incluso las reacciones en el plano internacional.

Estas son algunas de las frases que OjoPúblico ha identificado hasta el momento:

 

 

Verificación de tweet

Es falso que trasladaron pacientes del Hospital del Niño por filtración de gases lacrimógenos 

Calificación: Falso

 

Fuente: Twitter
Captura: Twitter.

Tras la masiva movilización contra la vacancia presidencial en el Centro de Lima, circularon videos que muestran a agentes policiales lanzar bombas lacrimógenas en las avenidas aledañas a los puntos de concentración de la protesta, incluyendo la zona donde se ubica el Hospital del Niño. Una usuaria de Twitter difundió la versión de que los médicos de ese nosocomio tuvieron que trasladar a pacientes del área de Emergencia a causa del ingreso de los gases. 

De acuerdo a la información remitida por Gilberto Cárdenas, médico emergencista que fue jefe de guardia en el hospital en la noche de las manifestaciones, no se produjo tal evacuación, según una comunicación enviada por el Instituto Nacional de Salud del Niño - Hospital del Niño a una consulta de OjoPúblico.

Esta versión fue corroborada por el doctor Godofredo Talavera, quien pediatra del mismo hospital, quien refirió que sí hubo médicos afectados por los gases durante poco tiempo, pero ningún paciente tuvo que ser movilizado. “En un momento han incomodado [los gases lacrimógenos], pero no ha sido necesario evacuar”, explicó Tavalera. “Igual no es correcto lanzar gases cerca de un hospital, hay que tener criterio”, señaló. 

A una consulta de este medio, el Ministerio Salud, sistema al cual pertenece el Hospital del Niño, descartó que se hubieran producido incidentes al interior de dicho centro de salud durante las manifestaciones del último jueves. 

OjoPúblico hizo llegar al Colegio Médico del Perú la consulta sobre si recibieron reportes de pacientes que debieron reubicarse en el Hospital del Niño debido a los gases lacrimógenos lanzados por la Policía en los aledaños, pero al cierre de edición no hubo respuesta. 

Este medio logró contactar a la usuaria de Twitter que difundió ese mensaje y pudo conocer que se trata de una educadora. Ella explicó que había escuchado la versión de parte de un médico conocido suyo, pero prefirió no identificarlo. A manera de respaldo, envió un video en que se ve a médicos que mencionan molestias debidas a los gases, pero no se hay indicios de que se esté trasladando a nadie.

 

Ántero Flores-Aráoz, presidente del Consejo de Ministros

"La OEA ya rectificó hoy día [...] porque estaba mal informada"

Calificación: Falso

 

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Foto: Andina.

 

Durante una entrevista televisiva realizada el 11 de noviembre del 2020, el presidente del Consejo de Ministros, Ántero Flores-Aráoz, declaró lo siguiente:  

Ántero Flores-Aráoz (AF-A): Hubiera preferido, en lo particular, que [la vacancia presidencial] no se hubiera dado, pero [es una] atribución del Congreso, y del mismo Congreso que hizo elegir el señor Vizcarra al disolver al anterior, y llamar a esta elección complementaria.

ATV: No lo ven así los organismos internacionales. La OEA se ha pronunciado...

AF-A: Ya rectificó, ya rectificó porque estaba mal informada. 

ATV: ¿Se ha rectificado? Porque yo tengo acá un comunicado en el que dice que la destitución del presidente amenaza el Estado de Derecho...

AF-A: Esa fue de ayer [sic.], ya ratificó hoy día.  

Sin embargo, el dato del Premier no es preciso. 

El 11 de noviembre del 2020, la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos (SG/OEA) expresó su preocupación por la crisis política del país y las próximas elecciones presidenciales del 2021. 

“La SG/OEA reitera que compete al Tribunal Constitucional del Perú pronunciarse respecto a la legalidad y legitimidad de las decisiones institucionales adoptadas”, se lee en el comunicado oficial que fue muy difundido en los medios de comunicación.

El documento, que también fue compartido el mismo día por Luis Almagro, secretario general de la OEA, señala que la entidad internacional ha confirmado la presencia de una Misión de Observación Electoral (MOE) para “asegurar una nueva etapa en la vida democrática institucional del Perú”.

OjoPúblico revisó los comunicados oficiales de la OEA correspondientes al mes de noviembre del 2020, y verificó que, desde el reporte mencionado en líneas anteriores, no se ha emitido alguna rectificación al respecto.

 

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Fuente: Comunicados de la OEA, 12 de noviembre del 2020.


Lo único que ha publico la OEA, después de ese pronunciamiento, es un comunicado con fecha 12 de noviembre en el que brinda detalles sobre la llegada de la MOE para los comicios generales del próximo año. 

OjoPúblico también revisó las redes sociales de la OEA y en ninguna se muestra alguna rectificación sobre su posición inicial en medio de la crisis desatada por la vacancia presidencial: conocer la opinión del Tribunal Constitucional sobre las decisiones adoptadas,  y garantizar el cumplimiento de las elecciones presidenciales del 2021.

Horas más tarde, en otra entrevista para el canal del Estado, el Premier dijo que a través de la Cancillería "se le ha dicho al señor secretario de la OEA: infórmese bien, señor secretario, porque usted se ha equivocado en esto, en esto, en esto. Hoy día la OEA se está rectificando con otra declaración", aseguró.

No obstante, no brindó evidencias que respalden su declaración.

Este medio intentó comunicarse con Ántero Flores-Aráoz, pero al cierre de esta verificación no obtuvo respuesta. 

 

Versión de un oficial de la Policía Nacional

"No se puede filmar dentro de las instalaciones policiales"

Calificación: Falso

 

Policía Nacional
Captura: Twitter de la CNDDHH.

 

En redes sociales se difundió un video que muestra a un policía de la Comisaría Alfonso Ugarte afirmando que “no se puede filmar dentro de las instalaciones policiales”. El hecho se produjo cuando el agente policial, que se identificó como oficial, intervino al abogado Carlos Rodríguez, quien desarrollaba su labor como defensor de las personas detenidas en las movilizaciones que se produjeron en rechazo a la vacancia presidencial.

 

 


Sin embargo, dicha afirmación no es correcta, según pudo verificar OjoPúblico luego de consultar la normativa nacional y con especialistas. 

Percy Castillo, adjunto de Derechos Humanos de la Defensoría del Pueblo, dijo a OjoPúblico que no existe ninguna norma que prohíba el registro de imágenes al interior de las dependencias de la Policía Nacional del Perú (PNP), siempre que no se entorpezca la actividad policial o “se falte respeto a la autoridad policial”. 

La Policía puede intervenir a cualquier persona, solo bajo dos supuestos, como lo señala el Manual de Derechos Humanos de la función policial: bajo flagrante delito o mandato judicial. De lo contrario, se trataría de una intervención arbitraria en la cual los ciudadanos pueden recabar las pruebas que consideren necesarias para demostrar la afectación a sus derechos. 

Por su parte, Carlos Fernández, coordinador del Programa de Asuntos Penales y Penitenciarios de la Defensoría del Pueblo, ratificó que no se puede evitar el registro de una intervención policial, si ello no implica vulnerar la seguridad nacional o el derecho a la privacidad. 

“Los servidores del Estado nos regimos en función a las leyes, pero en el caso del ciudadano, la persona ejerce su derecho en base a lo que la ley no le prohíba. No existe en el Código Procesal vigente ni en la Constitución una prohibición taxativa del registro fílmico o fotográfico en entidades pertenecientes al Estado”, explicó.

En efecto, según lo precisa la Constitución en su Artículo 24, en el marco del derecho a la libertad y a la seguridad personal de las personas, “nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda, ni impedido de hacer lo que ella no prohíbe”. 

Además, en caso de que se presuma de una infracción al derecho a la libertad, los ciudadanos pueden recolectar los hechos probatorios que sustenten dichas irregularidades, según Fernández. 

El Tribunal Constitucional (TC) también ha reconocido que “existe un derecho constitucional a probar, aunque no autónomo” en su sentencia del Expediente N° 03097-2013. Esta decisión del TC, máximo intérprete de la Constitución, ratificó su postura sobre la libertad probatoria, que ya había sido expuesta en una sentencia de 2002.  

Según lo precisa la sentencia del 2013, “las partes o un tercero legitimado en un proceso o procedimiento, tienen el derecho a producir la prueba necesaria con la finalidad de acreditar los hechos”. 

 

 

En 2015, Máximo Ramírez, por entonces integrante del área de defensa legal PNP, dio a conocer que, en caso de que los ciudadanos consideren que fueron maltratados por los agentes policiales durante una intervención, graben los hechos para poder sustentar el inicio de un proceso disciplinario. 

A una consulta para esta verificación, el área de prensa de la Policía dijo a OjoPúblico que el área de defensa legal de la institución no podría pronunciarse hasta después de la marcha nacional convocada. 

 

 

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