Controversia en el Congreso por ley para garantizar vacuna universal contra la Covid-19

La Comisión de Salud y Población del Congreso presentará un texto sustitutorio para retirar el término obligatorio del proyecto de ley que contempla el acceso y la aplicación de la eventual vacuna contra el nuevo coronavirus. Médicos recomiendan impulsar una campaña de educación para informar a las familias la importancia de la vacunación.

PRUEBAS. En el Perú, cuatro laboratorios cuentan con autorización del Instituto Nacional de Salud (INS) para realizar ensayos clínicos.

PRUEBAS. En el Perú, cuatro laboratorios cuentan con autorización del Instituto Nacional de Salud (INS) para realizar ensayos clínicos.

Andina.

Mientras crecen las expectativas por el hallazgo de una eventual vacuna contra la Covid-19, el Congreso de la República alista una ley para garantizar el acceso a la inmunización para todos los peruanos. No obstante, dicho proyecto ha sido duramente criticado -con argumentos sin base científica- por los movimientos antivacunas, a los cuales se han sumado voces profesionales que demandan que la vacunación no sea obligatoria, tal como indica uno de los artículos de la propuesta. 

El texto sustitutorio, que recoge 11 iniciativas legislativas presentadas al Congreso de la República para el acceso y aplicación de la esperada inmunización, fue aprobado en primera votación con amplia mayoría, el pasado 8 de octubre.

Dicho proyecto de ley estaba a la espera de la segunda votación en el Pleno, pero las críticas y un pedido de reconsideración del congresista Posemoscrowte Chagua Payano (UPP) hicieron retroceder la propuesta. Por eso, el próximo 4 de noviembre, el presidente de la Comisión de Salud y Población, Omar Merino López (APP), presentará un nuevo texto sustitutorio que ya no contemplará la aplicación obligatoria.

Junto a los grupos antivacunas, distintos gremios de químicos farmacéuticos sostienen que el proyecto de ley atenta contra la libertad individual de aceptar o no la aplicación de un medicamento.

 

Avances en la búsqueda de una vacuna 

 

Hasta el momento, cuatro laboratorios cuentan con autorización del Instituto Nacional de Salud (INS) para realizar ensayos clínicos de sus candidatas a vacunas en el Perú: AstraZeneca, J&J, Sinopharm y Curevac.

Como informó OjoPúblico, estos dos últimos ya realizaron el enrolamiento de voluntarios y vienen desarrollando estudios aleatorizados en el país. AstraZeneca, por su parte, aunque ha reiniciado sus ensayos a nivel internacional después de una pausa -donde se reevaluaron posibles efectos adversos de su candidata a vacuna-, aún no retoma el procedimiento a nivel nacional. En el caso de J&J, si bien la farmacéutica figura en el Registro Peruano de Ensayos Clínicos (REPEC), no hay novedades sobre sus actividades.

En este contexto, se presentaron a la Comisión de Salud y Población del Congreso de la República 11 propuestas legales para garantizar el acceso y aplicación de la eventual vacuna contra la Covid-19. De este total, 10 proyectos vinieron de las distintas bancadas, incluyendo la del congresista Omar Merino, presidente de este grupo de trabajo; y un proyecto adicional fue presentando por el Ejecutivo (ver cuadro).

Como todas las iniciativas legislativas tenían un mismo propósito, la Comisión de Salud y Población decidió evaluar prioritariamente el proyecto de ley 6273, presentado por el presidente Martín Vizcarra, y elaborar un texto sustitutorio, que tenga en cuenta los aportes de las otras iniciativas.

El trabajo de la Comisión de Salud y Población concluyó en el título: “Ley que garantiza el acceso al tratamiento preventivo y curativo de la enfermedad por coronavirus Sars-Cov-2 y de otras enfermedades que dan origen a emergencias sanitarias nacionales y otras pandemias declaradas por la Organización Mundial de la Salud".

La propuesta, que tiene como objetivo -según el propio documento- “garantizar el acceso a todas las personas, y en particular a la población vulnerable al tratamiento preventivo y curativo de la enfermedad generada por el coronavirus” se aprobó en primera votación, con 113 votos a favor, cinco en contra y una abstención.

 

El artículo que ordena la aplicación obligatoria

 

El texto sustitutorio precisa, en el artículo 4º, que “la distribución, comercialización y disponibilidad de medicamentos y vacunas del coronavirus Sars-Cov-2, así como de otras enfermedades que dan origen a emergencias sanitarias nacionales y otras pandemias declaradas por la Organización Mundial de la Salud será gratuito, universal y obligatorio para todos los habitantes del país”. 

Sobre este punto, la Asociación Farmacéutica Peruana de asuntos regulatorios (Asofapar) emitió un pronunciamiento -en conjunto con la Academia Peruana de Farmacias y la Asociación de Egresados de la Facultad de Farmacia y Bioquímica de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos- donde cuestionan, entre otros aspectos, la obligatoriedad de la eventual vacuna. 

“La Ley general de salud es clara y dice que cada uno es libre de poder aceptar o no los medicamentos. No decimos que sea inseguro. Esa no es la discusión, sino que los peruanos tenemos derechos constitucionales, y uno de ellos nos da la libertad de elegir”, explicó a OjoPúblico el vocero de Asofapar y químico farmacéutico, Genaro Vivanco. 

Por otro lado, dichos gremios solicitan que no se otorgue el registro sanitario condicional por un año a los medicamentos y productos biológicos que tengan resultados preliminares (no concluyentes) de los estudios clínicos de Fase III, tal como estipula el proyecto de ley.

El mencionado registro será renovable, siempre que cumpla con el reglamento respectivo. En el mismo documento está señalado que, como el reglamento sanitario no contempla la regulación de medicamentos y productos biológicos en fase III, se necesitará adecuarlo al momento de aprobar la ley.

“Los medicamentos y las vacunas a los que se refiere el proyecto de ley son productos novedosos, en los cuales no existe una experiencia en ningún país del mundo”, explicó Vivanco. 

El proyecto de ley estaba a la espera de la segunda votación en el Pleno, pero las críticas y un pedido de reconsideración hicieron retroceder la propuesta.

 

El origen de la obligatoriedad de la vacuna

 

El texto que consideró la obligatoriedad de la posible vacuna está sustentado en el proyecto de ley presentado por el presidente de la Comisión de Salud y Población, Omar Merino. Originalmente el artículo de su autógrafa decía: “La distribución, comercialización y disponibilidad, de productos farmacéuticos y vacunas del coronavirus SARS-CoV-2, será gratuito, universal y obligatorio para todos los habitantes del país”.

Al ser consultado por OjoPúblico, el congresista señaló que el 4 de noviembre se presentará ante el Pleno el nuevo texto sin la condición de obligatoriedad. De ser aprobado, solicitará que se exonere de segunda votación. Es decir, la norma quedaría expedita para ser promulgada por el Poder Ejecutivo.
 
“Estamos haciendo un texto sustitutorio y el término ‘obligatorio’ lo estamos retirando. Yo entiendo que las personas que no están vinculadas al sector salud lo malinterpreten. Lo que pretendíamos decir es que es obligatorio para el Estado, pero para que no haya confusión vamos a retirar la palabra”, indicó. 

Merino aseguró que su proyecto de ley no estaba orientado a obligar a la población a aplicarse la vacuna contra la Covid-19, sino que esta sea considerada un bien público y que llegue a todos los rincones del país. 

Precisamente sobre la decisión de aceptar o no un tratamiento o vacuna, la Ley General de Salud, indica en uno de sus acápites que “toda persona, usuaria de los servicios de salud, tiene derecho de no ser objeto de experimentación para la aplicación de medicamentos o tratamientos sin ser debidamente informada sobre la condición experimental de estos, de los riesgos que corre y sin que medie previamente su consentimiento escrito o el de la persona llamada legalmente a darlo si estuviere impedida de hacerlo”. 

En este sentido, el virólogo e inmunólogo Juan More advierte que las autoridades deben evaluar cómo actuarán en un escenario de rechazo al medicamento. “Debería prepararse una campaña masiva de concientización para demostrar los beneficios que trae la administración de una vacuna, en el potencial escenario que tengamos una efectiva”, mencionó al ser consultado por OjoPúblico

La infectóloga pediatra Theresa Ochoa, coincide en la necesidad de una campaña de este tipo y explica que, cuando se trata de la salud pública -que implica enfermedades que son contagiosas y con una tasa de letalidad alta- debe prevalecer el bien común. “Lo fundamental es hacer una educación sanitaria para que las personas realmente entiendan por qué es necesario vacunarse”, puntualizó a este medio. 

Sobre el tema, el abogado especialista en Derecho Constitucional y expresidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Francisco Eguiguren explica que, en principio, nadie puede ser sometido a una intervención quirúrgica o a un tratamiento que no acepte voluntariamente -o su representante, si esta persona está imposibilitada de decidir-, siempre y cuando dicha decisión no esté por encima del interés colectivo. 

“La libertad individual tiene que tener como límite la protección y prevención de riesgos de los demás, que no tienen cómo saber que otra persona con la que se relaciona tiene la vacuna o es portadora de este virus”, indicó. 

Para Eguiguren, la forma más armoniosa de resolver este tipo de conflictos durante la pandemia se basa en contemplar la decisión individual de los ciudadanos y, a la vez, habilitar al Estado a imponer restricciones. “Es decir, se respeta la voluntad de la persona de no ponerse la vacuna pero, mientras esta situación subsista, puede estar impedido de tener contacto con terceros que no sean de su entorno familiar, para no poner en riesgo la salud de los demás”, explica. 

Al respecto, es importante señalar que la Ley General de Salud también sostiene que las razones de conciencia o de creencia no pueden ser invocadas para eximirse de las disposiciones de la Autoridad de Salud, si esta exención genera riesgos para la salud de otras personas. 

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