INDULTO. Alberto Fujimori fue responsable del autogolpe de Estado de 1992.
El Perú se aleja del sistema interamericano de justicia. Unas horas después de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) solicitara expresamente al Estado peruano que se abstenga de liberar al expresidente Alberto Fujimori (85), el gobierno de Dina Boluarte desacató el pedido y liberó al expresidente condenado por corrupción y violación de derechos humanos.
Al cumplirse un año en el poder, el gobierno de Boluarte dispuso hoy la excarcelación de Alberto Fujimori (1990-2000) a pesar de que existe una medida de supervisión por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH). Cabe indicar que Boluarte actualmente es investigada por los asesinatos de 49 civiles durante las marchas en favor del adelanto de elecciones a finales del 2022 e inicios del 2023.
La liberación de Alberto Fujimori implica un incumplimiento directo a una orden vinculante de la Corte Interamericana, señaló Juanita Goebertus, directora de la División de las Américas de Human Rights Watch, en conversación con OjoPúblico. “Es una muestra del deterioro del estado de derecho en el Perú. Ya no se respetan estándares internacionales ni decisiones de cortes internacionales”, agregó.
El Tribunal Constitucional (TC) resolvió el 5 de diciembre un fallo en favor del irregular indulto humanitario concedido por el entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski el 24 de diciembre del 2017. Dicho indulto permitió, en esos días, la primera excarcelación de Fujimori, quien debió regresar a prisión en 2018, luego de que un juzgado de la Corte Suprema anulara dicha gracia presidencial por considerarla no ajustada a ley.
En el 2013, el entonces mandatario Ollanta Humala (2011-2016) había rechazado otorgar el indulto humanitario a Fujimori por no ajustarse a las condiciones de salud requeridas para otorgar dicha gracia presidencial.
La excarcelación
En horas de la tarde, el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) informó lo siguiente: "En cumplimiento del mandato del Tribunal Constitucional que dispone la inmediata libertad del interno Alberto Fujimori, luego de procesar el documento de conformidad con los protocolos internos, procederá con la ejecución de la libertad".
La resolución del pasado 4 de diciembre del TC ordenó que el Instituto Nacional Penitenciario del Perú (INPE) y el director del penal de Barbadillo "en el día, dispongan la inmediata libertad de Alberto Fujimori".
HIJA DE FUJIMORI. Keiko Fujimori llega a la Diroes, horas antes de que el INPE informara que acatará la liberación de Fujimori.
Foto: OjoPúblico / Aldaír Mejía
Los tres magistrados del TC que votaron a favor de la liberación de Fujimori fueron: Francisco Morales Saravia, Luz Pacheco y Gustavo Gutierrez Ticse. Helder Domínguez, otro de los magistrados, tuvo un voto singular en que declaró improcedente el pedido. En esta resolución no figuran las firmas de los jueces restantes, César Ochoa y Manuel Monteagudo. Este último dijo que no había sido convocado por los demás magristrados para discutir esta decisión.
El fallo declaró fundado "el recurso de reposición en el extremo de la ejecución directa e inmediata de la sentencia del 12/03/2022", en referencia a la sentencia original del TC que dispuso el indulto a Fujimori en aquel año.
Fujimori huyó del país en el 2000 con destino a Japón después de revelarse múltiples casos de corrupción y violación de derechos humanos en su régimen. En 2005, Fujimori salió de su refugio en el país asiático y viajó a Chile. Allí fue detenido a pedido de las autoridades judiciales peruanas. En 2007, el Poder Judicial del vecino país del sur lo extraditó a Lima, en donde fue condenado por corrupción, así como por los crímenes de Barrios Altos y La Cantuta por los que recibió 25 años de prisión.
Fujimori saldrá en libertad sin haber pagado aún los aproximadamente S/57 millones que debe por concepto de reparación civil, según el estimado de la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción. Este monto incluye los intereses generados por no haber pagado la reparación impuesta por el Poder Judicial en favor del Estado por tres hechos: el allanamiento irregular de la vivienda de Vladimiro Montesinos, la compra irregular de Cable Canal y el pago de CTS a su exasesor.
Además, la Procuraduría aclaró que la excarcelación de Fujimori no lo libera de pagar la reparación civil al Estado. Finalmente, exhortó al Ministerio Público a garantizar la permanencia del procesado en el territorio nacional respecto de los casos pendientes de extradición.
Resolución de la Corte IDH - Caso Barrios Altos y La Cantuta 05 DIC 2023 by Ojo-publico.com on Scribd
Las sentencias de la CorteIDH por las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta se dieron en los años 2001, 2006 y 2007, respectivamente. En ambos casos, el órgano supranacional declaró que el Estado peruano era responsable de las violaciones al derecho a la vida y a la integridad personal de las víctimas de estos ataques ocurridos entre noviembre de 1991 y julio de 1992.
En dichas sentencias, además, la Corte ordenó al Estado a que cumpla con su obligación de investigar, juzgar y, de ser el caso, sancionar a los responsables de las graves violaciones de derechos humanos.
Esto lo detalló en la resolución del último 5 de diciembre el presidente de la CorteIDH, Ricardo Pérez Manrique, cuando pidió al Perú abstenerse de liberar a Alberto Fujimori, de quien recordó participación como autor mediato de los delitos de homicidio calificado y lesiones graves en los casos Barrios Altos y La Cantuta.
También recordó que los delitos cometidos en estos casos fueron calificados como “crímenes contra la humanidad según el Derecho Internacional Penal”.
En instancias nacionales, el 7 de abril de 2009, la Sala Especial de la Corte Suprema de Justicia, en una sentencia histórica, condenó a 25 años de prisión contra el exmandatario por los delitos de homicidio calificado - asesinato (caso Barrios Altos y La Cantuta), lesiones graves (caso Barrios Altos), así como secuestro agravado del periodista Gustavo Gorriti Ellenbogen y el empresario Samuel Dyer Ampudia.
Esta pena se contabilizó, según la sentencia, desde el 7 de noviembre de 2005, cuando fue detenido en Chile hasta el 18 de junio de 2006, cuando obtuvo libertad bajo fianza. Y desde el 22 de setiembre de 2007 cuando fue puesto a disposición del tribunal peruano. Debía vencer el 10 de febrero de 2032.
IRREGULAR. El indulto de PPK a Fujimori fue considerado ilegal por la Corte Suprema.
La congresista Sigrid Bazán (Cambio Democrático) informó que presentará al Parlamento una moción de interpelación al Ministro de Justicia, Eduardo Arana Ysa, luego de confirmarse la liberación de Fujimori. Enfatizó que con ello el Gobierno está incumpliendo la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Por su parte, la asesora de la Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA), Jo-Marie Burt, manifestó que la liberación de Fujimori pone a Perú a la par de países como Venezuela y Nicaragua, que desacatan abiertamente el sistema interamericano. “Tuvieron que desmontar la democracia en el Perú para lograr la liberación de Fujimori”, apuntó.
Juanita Goebertus también considera que este desacato deja a Perú en una posición similar a la de Venezuela y Nicaragua. Con este incumplimiento, la Corte IDH, explica, “seguramente informará a la Asamblea General de la OEA y podría expedir una nueva resolución reprochando este incumplimiento".
“Desacatar órdenes del máximo tribunal de derechos humanos de las Américas generará como consecuencia un aislamiento del Perú en el ámbito internacional con posibles repercusiones en aspectos económicos o sociales. Por ejemplo, puede afectar la entrada de Perú en la OCDE”, agregó la directora de la división de las Américas de HRW.
También hoy, mientras se ordenaba la salida de Fujimori, la fiscal superior penal especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad, Raquel Cárdenas Manrique, solicitó la variación del mandato de comparecencia con restricciones por la medida de detención domiciliaria contra Alberto Fujimori, por la comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de homicidio calificado. Este pedido corresponde al expediente conocido como el “caso Pativilca”, en agravio de Jhon Calderón Ríos.