NEGOCIOS. Estas empresas cerraron tratos comerciales para absorber otras compañías o sus dueños vendieron sus acciones.
En abril entrará en vigencia la denominada Ley Antimonopolio (Ley N° 31112) que permitirá al Estado regular las fusiones y adquisiciones empresariales que puedan derivar en una concentración del mercado, en perjuicio del consumidor y de la libre competencia. El pasado 4 de marzo se publicó su reglamento, lo único que faltaba para que el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) inicie la supervisión de este tipo de operaciones.
Dicha institución podrá aprobar, impedir o sugerir modificaciones a las compañías que están interesadas en concretar alguna compra, absorción o fusión. Pero no todas las transacciones necesitarán de un permiso, solo aquellas donde las empresas involucradas registren ventas anuales y activos que superen los umbrales fijados en la norma. De esta manera, pasarán por la regulación las compañías que, en conjunto, superen las 118 mil UIT (unos US$ 150 millones), o que al menos dos de las interesadas en la adquisición alcancen los 18 mil UIT (US$ 23 millones).
Indecopi también tiene la facultad de revisar de oficio cualquier operación que muestre indicios de generar una posición de dominio o acaparamiento en el mercado, y el reglamento precisa que dicha indagación incluirá a las transacciones ya concretadas. “La Secretaría Técnica puede determinar el inicio del procedimiento de revisión de oficio de una operación de concentración empresarial hasta un año después de su cierre formal”, indica la norma.
Esta medida será de aplicación para compañías que realicen actividades económicas en el Perú, o que hayan generado ingresos en el país, pero no a las adquisiciones cerradas antes de la vigencia de la ley. También se podrá actuar de oficio en operaciones de concentración horizontal, es decir, cuando se unen empresas que son competidoras directas, siempre que el comprador o su grupo económico ya cuenten con antecedentes en este tipo de prácticas.
SUPERVISIÓN. Este organismo revisará todas operaciones comerciales entre empresas que sobrepasen el umbral fijado en la norma, a fin de determinar que no tengan un efecto nocivo en la distribución del mercado.
Foto: Indecopi.
Abogados corporativos que asesoran este tipo de transacciones, consultados por OjoPúblico, indicaron que el mercado de las fusiones y adquisiciones (M&A, por sus siglas en inglés) no se paralizó en pandemia, pues en situaciones de crisis hay mayor movilidad de activos. “En escenarios de crisis se incrementan las operaciones de absorción, compra o venta de acciones y fusiones para evitar pérdidas. Las cifras del año 2020 son menores a las de 2019, debido a las restricciones de movilidad y los plazos para la toma de acuerdos, pero se han firmado acuerdos importantes”, dijeron.
Según la plataforma de negocios Transactional Track Record (TTR), Perú cerró el cuarto trimestre de 2020 con 95 de estas operaciones comerciales, valorizadas en US$ 1.396 millones de capital movilizado; a diferencia de 2019, cuando se concretaron 135 transacciones por US$8.162 millones. Los rubros donde se concentraron la mayor cantidad de negociaciones fueron retail, infraestructura y tecnología, pero también se apostó por la integración entre entidades financieras y startups, y se identificó una mayor número de empresas familiares interesadas en desprenderse de parte de sus activos.
En 2020 se concretaron 95 de estas operaciones comerciales, valorizadas en US$ 1.396 millones de capital movilizado".
Los expertos, que solicitaron no ser nombrados para no afectar los casos que asesoran, coinciden en indicar que las empresas con actividad en Perú buscaron acelerar estas transacciones y cerrar los contratos respectivos para no ser alcanzadas por la Ley Antimonopolio, pues ello les obligaría a ingresar a un proceso de revisión en Indecopi que podría tardar cinco o seis meses en resolverse.
Cabe recordar que esta norma fue impulsada por el Congreso y promulgada el 7 de enero de 2021, aunque desde finales de 2019 ya existía el Decreto de Urgencia 013 del Ejecutivo con objetivos muy similares. Esta iba a entrar en vigencia en agosto de 2020 y su aplicación fue postergada por la pandemia. Con la nueva ley, este queda derogado.
Desde un supermercado hasta entidades financieras
Una de las protagonistas de estas operaciones comerciales fue Inretail Perú Corp, filial del Grupo Intercorp que dirige el hombre más rico del país, Carlos Rodríguez Pastor. El 23 de diciembre de 2020, la compañía hizo público, a través del portal de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), la compra total de acciones del mayorista Makro Perú, que estaba en manos del conglomerado holandes SHV Interholding.
Inretail es dueño de Supermercados Peruanos S.A., una cadena de consumo masivo que controla las marcas Plaza Vea, Vivanda, Mass, Justo, Minimarket y Economax y, ahora, también posee las 16 tiendas que Makro administraba en Lima y provincias. La transacción demandó una inversión de US$ 360 millones, un monto que supera ampliamente el umbral fijado por Indecopi para iniciar la supervisión de adquisiciones empresariales, si la Ley N° 31112 hubiera estado vigente.
En 2018 el Grupo Intercorp cerró un acuerdo similar en el sector salud que lo convirtió en propietario del 83% de las cadenas de farmacias de todo el país, al absorber a su competidor Quicorp, que controlaba los laboratorios Quilab, Cifarma, y las distribuidoras Química Suiza y Albis. Esta semana se conoció que Laboratorios Portugal, que tiene como socia a la mexicana Sanfer, adquirió Cifarma. Consultado al respecto, el presidente de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (ASPEC), Crisólogo Cáceres, advirtió que la reciente adquisición de Intercorp refuerza el oligopolio en el rubro de supermercados, pues Inretail ha pasado a ser dueño del 49% de este negocio.
Con la absorción de Makro, Inretail se convirtió en dueño del 49% del sector, pues también maneja las marcas Plaza Vea, Vivanda y otros".
“Cada día que el gobierno demoró en aplicar la Ley Antimonopolio fue aprovechado por las empresas para extender su dominio en el mercado. El reglamento ha tardado más de lo esperado, pero frente a una fusión legal y consumada no se puede hacer más. Sin embargo, es una oportunidad para concientizar al consumidor para cuestionar estas prácticas y otras como la concertación o redondeo de precios que también hemos visto en el sector empresarial”, señaló a OjoPúblico.
Esta no fue la única compañía que cerró tratos en diciembre del 2020. Ese mes, un grupo de 26 inversionistas compró la totalidad de acciones del Banco Azteca del Perú, filial del mexicano Grupo Elektra S.A.B., el mismo que forma parte del conglomerado empresarial del fundador de TV Azteca, Ricardo Salinas. En la operación se entregaron 120,4 millones de acciones a un precio de S/0,035 cada una, por lo que el valor total fue de S/4.215 millones.
Entre los nuevos dueños del banco se identifican como socios a directivos del grupo financiero y de créditos Acceso, así como miembros de la familia Wiese, que tiene negocios en el sector inmobiliario, coworking, e-commerce y logístico, entre otros. El estar vinculados a grupos económicos y tratarse de una operación millonaria, que sobrepasa el umbral fijado, son requisitos que hubieran bastado para ingresar a la supervisión de Indecopi, de haber estado vigente la norma.
VENTA.Entre los nuevos dueños del banco aparecen como socios mayoritarios miembros de la familia Wiese y del grupo financiero Acceso.
Foto: Banco Azteca
De igual forma, Compartamos Financiera S.A. se convirtió en accionista mayoritario de la empresa Pagos Digitales Peruanos S.A., una plataforma que congrega a emisores de pago electrónico y que es conocida como Billetera BIM. La compradora, que depende del grupo financiero Gentera, de México; tiene ahora el 55,5% de participación en dicha compañía.
Las operaciones comerciales de 2020 también alcanzaron a la empresa Hermes, especializada en el transporte de valores y caudales, pues la firma global The Carlyle Group y el Fideicomiso Familiar De Osma vendieron el 85,4% de la participación que tenían en dicha compañía al fondo británico CVC Capital Partners Fund. En Perú, CVC también controla las empresas de servicios corporativos TMF Group y la sociedad fiduciaria Fiduperú S.A.
Además, la firma privada de inversión Colca Capital adquirió la compañía Polysistemas, especializada en gestión de riesgos y datos; mientras que la inversora estadounidense Continental Grain Company (CGC), con experiencia en productos alimenticios, confirmó su participación en la peruana Multifoods, fabricante de salsas, mermeladas y jugos para supermercados.
El fondo británico CVC Capital Partners se convirtió en socio mayoritario de la empresa de transporte de caudales Hermes".
Otra transacción de envergadura que dejó el 2020 fue la venta del 83,6% de acciones que la estadounidense Sempra Energy tenía en la compañía eléctrica Luz del Sur y que, ahora, están en manos de la compañía China Yangtze Power International, subsidiaria del grupo China Three Gorges Corporation (CTG). La operación se puso en marcha antes de la pandemia y se concretó en abril de 2020. Fue valorizada en US$ 3.590 millones, e incluyó la adquisición de la proveedora de servicios de infraestructura Tecsur, y de la generadora Inland Energy S.A.C.
Sin embargo, a diferencia de las otras compañías, dicha compra sí fue regulada por Indecopi, pues desde 1999 el Perú cuenta con la Ley Antimonopolio y Antioligopolio del Sector Eléctrico (N° 26876), que ha permitido supervisar 26 fusiones, incluida esta. La transacción también pasó por el control de la Autoridad Monetaria de las Bermudas, pues Sempra Energy compartía acciones con la sociedad offshore Sempra Americas Bermuda Ltd, ubicada en el paraíso fiscal del mismo nombre.
En este caso, Indecopi advirtió el riesgo de que Luz del Sur privilegie la compra de energía eléctrica a sus empresas vinculadas, pues la matriz china tiene inversiones en el sector eléctrico peruano a través de la Central Hidroeléctrica San Gabán III y la Empresa de Generación Huallaga S.A. Por ello, aprobó la transacción con la condición de que su abastecimiento de energía pase por una licitación en el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin).
CONDICIONES. La venta de Luz del Sur sí fue supervisada por Indecopi. Este organismo aprobó la operación con condiciones para que su nueva matriz china no favorezca a sus compañías vinculadas.
FOTO: Andina.
Últimas adquisiciones y una fusión frustrada
En los archivos públicos de la SMV, OjoPúblico encontró, además, un proyecto de fusión que presentó la empresa Cartavio S.A.A, dedicada a la industrialización de caña de azúcar y venta de alcohol, para absorber a su filial Empresa Agrícola Sintuco. Ambas compañías tienen como matriz final a la Corporación Azucarera del Perú - Coazucar, del Grupo Gloria, que controla el 52% de la producción nacional.
Según los documentos públicos, durante el 2020 Cartavio empezó a adquirir un mayor número de acciones del capital social de Sintuco, que estaban en manos de la matriz Coazucar, y en diciembre había completado los requisitos necesarios para la absorción, por lo que convocó a la Junta de Accionistas para fijar su fecha de vigencia. Con ello, la compañía sumaría a su capital social de S/206 millones, otros S/34 millones.
“Tomando en consideración que ambas empresas forman parte del mismo grupo económico y desarrollan un rubro similar, como es el cultivo de caña de azúcar y elaboración de azúcar y derivados, se considera conveniente la fusión con la finalidad de favorecer el fortalecimiento patrimonial, reducir los costos administrativos y operativos, y poder desarrollar de modo más eficiente futuros proyectos de inversión”, se lee en uno de los documentos.
Sin embargo, la reunión se realizó el 17 de diciembre, días después de que el Congreso anuló la Ley de Promoción Agraria, y los accionistas decidieron que no era el momento para cerrar el acuerdo. “Se planteó como cuestión previa el que la Junta no evalúe el proyecto de fusión presentado, debido a la posibilidad de variación de las proyecciones de las empresas Cartavio S.A.A y Empresa Agrícola Sintuco S.A, a consecuencia de la promulgación de una nueva Ley Agraria, que a la fecha se encuentra en debate”, indica uno de los reportes.
FUSIÓN FRUSTRADA. Las empresas Cartavio y Sintuco, que tienen como matriz final a la Corporación Coazucar, del Grupo Gloria, suspendieron su fusión tras la anulación de la ley agraria.
Foto: Coazucar
En lo que va del 2021 ya se concretó otra operación de importancia: Corporación Aceros Arequipa S.A., propiedad de la familia Cilloniz y de diversos accionistas, adquirió el 96% del capital social de Comfer S.A., también dedicada a la comercialización de productos derivados del acero. Con esta adquisición, Aceros Arequipa ingresa a la producción de clavos y alambres recocidos, y amplía su dominio en un mercado donde solo tiene como competidor local a SiderPerú. Ambas compañías cubren más del 50% de la demanda, y el resto es asumido por importadoras.
El trato se anunció el 25 de febrero y fue valuado en US$ 16,8 millones. “Estamos muy contentos con el acuerdo al que hemos llegado para la adquisición de una participación importante de Comfer. Con la transacción, Aceros Arequipa fortalecerá su liderazgo y presencia en un mercado cada vez más competitivo y ampliará su oferta comercial para servir más y mejor a sus clientes”, dijo en un comunicado el gerente general de Aceros Arequipa, Tulio Silgado.
Indecopi evaluará las ventas y activos de grupos económicos
En un reportaje anterior, OjoPúblico identificó que 1.666 compañías de diferentes rubros facturan, de manera individual, uno de los montos fijados como tope por la norma: 18 mil UIT, por lo que, si intentan una compra o fusión con alguna competidora, deberán pasar por el control previo del Estado. Entre estas identificamos a 54 grupos económicos con inversiones simultáneas en diferentes sectores como minería, comercio, banca, energía, cemento, hidrocarburos y otros.
Precisamente, el reglamento también indica que, si una transacción tiene como objetivo ejercer control sobre la totalidad o parte de una compañía ajena a la organización o formar un joint venture, el monto del umbral deberá incluir las ventas o activos de los conglomerados que están detrás de la transacción. Es decir, de sus matrices y filiales. Si superan los topes fijados, Indecopi revisará el caso y decidirá si autoriza la unión.
La Ley Antimonopolio permite analizar las ventas o activos de los grupos económicos que están detrás de la solicitada fusión.
Para Mauricio Olaya, socio principal del Estudio Muñiz y director del área de M&A (fusiones y adquisiciones), las precisiones que incluye el reglamento generan mayor inestabilidad en las empresas, sobre todo por la facultad que tendrá Indecopi para investigar de oficio, aún cuando la operación esté por debajo de los umbrales de ingresos y activos fijados.
“Una empresa puede hacer sus cálculos y determinar que no necesita el permiso de Indecopi, pero la institución decide, meses después, que sí. Esto podría derivar en la enajenación de activos, devolución de acciones, desarmar toda la operación. Otro problema es que la Ley N° 31112 incluye en los umbrales la suma de los activos, cuando esto no tiene relación con el poder que pueda tener para influir en el mercado. Por ejemplo, puede ser una industria pequeña instalada en un terreno grande, y solo por su valor el caso va a pasar por revisión. Se esperaba que el reglamento precise estas situaciones, pero ha sido lo contrario”, explicó.
Olaya considera que hubiera sido más útil reforzar las normas contra el abuso de la posición de dominio, pues el mercado peruano ya está concentrado. “El régimen de control previo existe en varios países, era inevitable que se aplique en Perú, lo malo es el contexto en que se empezará a aplicar: una crisis económica generada por la pandemia donde las empresas, por supervivencia, deben vender o fusionarse para tratar de salvar puestos de trabajo. Este no era el momento”, añadió.
OLIGOPOLIOS. La ley empezará su aplicación en un mercado donde dos o cuatro empresas ya concentran las ventas en determinados sectores económicos como la salud, banca, combustible y bebidas.
Composición: OjoPúblico
Perú era el único país de Latinoamérica que no contaba con una ley de control previo de fusiones y adquisiciones empresariales. Sin embargo, en un reportaje anterior, OjoPúblico informó que la norma llega cuando los sectores salud, bebidas, alimentos, banca, pesca y medios de comunicación ya se encuentran concentrados en pocas manos. En el país, los principales rubros económicos no están controlados por una única empresa (monopolio), sino por dos, tres o cuatro grandes compañías que manejan el mayor número de ventas.
Hania Pérez de Cuéllar, presidenta del Consejo Directivo del Indecopi, señala que la norma permitirá identificar si las empresas tienen incentivos para cerrar el mercado a sus competidores, degradar la calidad de sus productos o incrementar sus precios. De haber existido antes, dijo, se hubiera evaluado la concentración del mercado del oxígeno apenas se concretó la transacción. “Teníamos normas de sanción a las prácticas monopólicas, pero no con enfoque preventivo. Esto es lo que faltaba para fortalecer la política de libre competencia”, señaló la semana pasada en conferencia de prensa.
La medida ha sido respaldada por la Comisión Federal de Competencia Económica de México, la Fiscalía Nacional Económica de Chile y el Consejo Administrativo de Defensa Económica del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública de Brasil, y la Bundeskartellamt, autoridad alemana responsable de la regulación de la competencia. Entidades que hicieron llegar a Indecopi diversas cartas en las que ponen a su disposición sus conocimientos y experiencias en esta materia.
Incluso, el pasado 21 de enero, la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) envió un oficio al organismo regulador para felicitar la próxima puesta en marcha de la Ley Antimonopolio en el Perú, y destacar los beneficios de un marco legal que promueva una mayor competencia empresarial en los países, pues esto permite ofrecer mejores precios y servicios al consumidor. El documento fue suscrito por el jefe encargado de la División de Competencia de la OCDE, Antonio Capobianco, quien también ofreció la cooperación de su institución para continuar con esta labor.