ONPE: "No podemos limitar a los partidos políticos. Hay que verlos como empresas"

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aceptó que fiscalizan a los partidos, pero no a los candidatos presidenciales. Luis Barboza, jefe del área de verificación y control de dicha entidad, reconoció a Ojo-Publico.com que no vigilan los fondos de campaña recibidos directamente por los postulantes, pese a que el reglamento indica que el tesorero debe manejar el dinero. También justificó los millonarios ingresos por cocteles del partido de Keiko Fujimori y por préstamos de la organización de César Acuña. Finalmente dijo que ellos solo verifican entre el 25% y 30% de los fondos en campaña y que no guardan los comprobantes de los mismos.

El reglamento de financiamiento y supervisión de fondos partidarios tiene 10 años de implementado. ¿En este tiempo, los partidos han declarado realmente todo lo que reciben en sus campañas?

No hay una respuesta tajante sobre si la organización política declara todo. Porque una organización es el conjunto de sus candidatos y estos a veces declaran todo y otras veces no declaran nada. Los montos que manejen los candidatos son parte de la campaña, pero muchas veces no los declaran como ingresos en los reportes financieros y por eso no se ha podido recoger esa información; no es por negligencia de la organización política sino por la falta de transparencia de los candidatos.

Pero el reglamento electoral es claro, el tesorero debe ser la única persona que administre los fondos.

Claro, pero un reglamento es un reglamento. Y una ley es una ley. Y las leyes priman sobre los reglamentos. Y lo que ha tratado de hacer la ONPE es regular los vacíos, porque en la ley no existe una fórmula que obligue a los candidatos a hacerlo (declarar los reportes particulares que reciben como parte de los ingresos de la organización) o los sancione. Las sanciones recaen sobre las organizaciones políticas. Las competencias de la ONPE permiten vigilar a las personas jurídicas que son las organizaciones, pero no supervisa a los candidatos. La ley dice que los manejos de los candidatos forman parte de la campaña electoral, pero no indican que se deban registrar contablemente...

El reglamento sí lo precisa...

No, el reglamento es una cosa, pero la ley es donde se aplica la concurrencia de sanciones y detallan las infracciones, y no está tipificado el hecho de que los candidatos no registren su información de aportes. En la ley no existe la obligación.

Pero el reglamento de supervisión de fondos señala que los partidos abren una cuenta y esta debe ser administrada por el tesorero...

Sí, pero lo que quiero decir es que los candidatos no tienen la obligación de entregar esos fondos a la organización política. Ellos manejan esos fondos por su parte. Eso es un vacío. El reglamento indica cómo deben ser las cosas, pero hay un vacío legal sobre cómo debe ser el registro contable por parte de las organizaciones políticas. Lo que no pasa por caja de la organización política, no es materia de registro ni de supervisión.

Lo que no pasa por caja de la organización política, no es materia de registro ni de supervisión.

¿Lo que usted está diciendo es que si alguien quisiera depositar dinero a la cuenta del candidato y no a la del partido, este podría disponer esos fondos para la campaña y la ONPE no lo fiscalizaría? ¿Cómo es eso posible?

La realidad de los hechos es que los candidatos hacen su campaña, colectan fondos y la ley solo indica que esos fondos deben ser reportados a la tesorería, no dice que deban ser entregados al tesorero. Entonces, qué hace el candidato, puede haber recibido como 100, pero declara solo 50 y la ONPE no tiene facultad para vigilar los ingresos de personas naturales. La ley tiene una serie de parámetros que debilita el accionar de la ONPE. Para empezar, la falta de presentación de informes financieros no se castiga con nada. Solo hay una sanción ética, pero no hay sanción pecuniaria. Si no se castiga a la organización, mucho menos los candidatos entregarán información completa de lo que ellos reciben. Nosotros solo recibimos lo que las organizaciones nos comunican. 

FONDOS DE PAPEL. En esta plataforma de Ojo-publico.com conocerán el detalle del financiamiento declarado por los partidos políticos.

Pero con esa interpretación los candidatos le están sacando la vuelta a ley...

A la ley no le vas a sacar la vuelta si no existe.

El espíritu de la ley de supervisión de partidos busca justamente fiscalizar todos los aportes que se invierten en una campaña...

Pero el espíritu está hecho por los mismos políticos que han hecho la ley, es el espíritu de hacer una ley acomodada al estilo de evasión. Mira, hay un grupo de políticos que se reúnen y crean una ley y saben qué cosa les puede afectar. Sería distinto si es que se hicieran leyes sin la participación de los políticos.

Al no fiscalizar el dinero que recibe directamente el candidato, ¿Cómo hace la ONPE para determinar el origen de todos los fondos que se gastan en campaña?

Las cuentas de los candidatos no las supervisamos nosotros, no podemos levantarles el secreto bancario. Nuestra competencia es netamente administrativa, de la verificación y control de las cuentas de la organización política. Nosotros solo realizamos una labor de auditoría a la información que declaran los partidos. Una organización política está regida por el régimen privado, es una asociación sin fines de lucro, no resiste la fiscalización de nadie. Y en la actualidad esta no tiene mecanismos para obligar a sus candidatos a que le reporten sus ingresos. No existe una acción punitiva que retraiga al candidato a no ejercer esas acciones. 

Hay un grupo de políticos que se reúnen y crean una ley y saben qué cosa les puede afectar

COCTELES: NADIE VERIFICA IDENTIDAD DE FINANCISTAS

El reglamento establece que los aportes por actividades proselitistas no pueden superar las 30 UIT (S/.118.500), sin embargo, en las campañas presidenciales del 2011 y en la actual los conceptos por cenas, almuerzos y cocteles son millonarios. ¿Cómo supervisa la ONPE que con estas actividades no se esté camuflando dinero de origen oscuro?

Mientras exista plena identificación de los aportantes, esos topes no cuentan. Es decir, si la organización identifica a todos sus aportantes puede registrar ingresos por actividades proselitistas sin ningún tope máximo.

Pero Fuerza Popular,  por ejemplo, que ha reportado ingresos por más S/.700 mil por la realización de un coctel, no detalla los nombres de los que compraron esas tarjetas...

Pero es que no tienen que declarar quiénes son. Si la organización gana la lotería, ¿quiénes van a decir de dónde proviene el dinero si es producto de la lotería?. 

El caso de los cocteles es distinto, el partido debería identificar a los compradores de cada tarjeta.

No, porque la ley no lo prescribe, lo que la ley dice es que si existe o no anonimato. ¿En este caso qué era?

Era un coctel.

Por ejemplo, ellos gastaron -digamos- 50 mil en el local, la comida fue donada... mientras sean declaradas las personas que donaron el local, las que pusieron la comida y otros, los ingresos pueden ser de 100 mil millones. La ley no los obliga a decir quiénes comieron o quién pago, eso no interesa. Eso es una actividad privada.

COCTELES. La ONPE no ha identificado a los aportantes de dinero por los cocteles realizados por el partido fujimorista/Andina

Pero el reglamento sí establece claramente que las actividades proselitistas que no detallan los nombres de los financistas pueden ser de máximo 30 UIT.

Debemos entender cómo es. No se trata de que digan quién es la persona que come el pollo, sino de que identifiquen a quién puso el pollo. La persona que pone el local y el que pone el pollo, ellos son los aportantes que deben identificar...

Los candidatos no tienen la obligación de entregar los fondos que reciben particularmentte a la organización. 

Y deberían estar en la lista...

Están en la lista, nosotros lo hemos verificado. Pero los que compran las tarjetas no son aportantes. Una vez que hace la donación un aportante no tiene derecho a exigir nada. Pero el que compra una pollada sí tiene derecho a exigir el pollo, es un cliente. Y ese cliente no tiene por qué ser identificado. ¿Quién es el que tiene que ser identificado en una actividad proselitista según lo que indica la ley? La persona dueña de la granja que ha dado los pollos, la persona que ha prestado el local o los vehículos.

¿Pero si no exigen nombres cómo hace la ONPE para verificar que los montos declarados corresponden realmente a esa actividad?

En nuestro reglamento se precisa que debe haber una lista correlativa con el número de ticket de venta, con la fecha de venta, pero no el nombre del comprador. Esa es una actividad de libre comercio, una actividad privada.

Sin nombres, supervisar esos cocteles es imposible, sobre todo cuando los partidos políticos atribuyen tantos ingresos por estas actividades. 

¿Pero, por qué dice tantos?

Solo en las últimas dos campañas Fuerza Popular ha atribuido S/.4,3 millones por cocteles ...

Para empezar, el Partido Comunista Chino es un edificio de 45 pisos, tiene aviones, barcos y una cantidad enorme de bienes que han logrado gestar gracias a su actividad privada. Eso mismo ocurre en Argentina y México. Y en Perú nosotros no podemos limitar a las organizaciones políticas. Hay que ver a los partidos como empresas, que pueden realizar este tipo de actividades sin evadir la ley. Supongamos que se haga un concierto de cumbia. Lo que se reporta es los gastos de contratación de los artistas, alquiler del local y equipos, pero sobre los participantes, el partido solo debe dar cuenta del número de boletos que se vendieron, no los nombres de las personas.

ONPE. La ley de supervisión al financiamiento de campañas tiene 10 años de implementada, pero aún hay poca transparencia/ Andina.

Usted dice que las organizaciones políticas funcionan como empresas, pero algunas empresas lavan dinero.

Yo le pregunto, qué interesa conocer más... Le pongo de ejemplo un partido muy conocido, no diré nombres, pero rifa un carro, vende cada ticket de la rifa a un sol y logra vender 100 mil boletos. ¿Qué es más importante conocer, quién compra la rifa a un sol o quién pone el carro?

Bueno, la pregunta sería si realmente existieron los 100 mil compradores.

Para eso está el control de los tickets correlativos cuando se realiza la auditoría a las finanzas de los partidos. La ONPE sí verifica los documentos, pero de repente el aporte de ese vehículo fue en especie, o de repente una organización no quiere declarar quién donó ese carro, eso sí podríamos investigarlo, pero no podemos determinar el origen.

PRÉSTAMOS SIN TOPE: ¿CÓMO SACARLE LA VUELTA A LA LEY?

¿Qué porcentaje del monto total de aportes es bancarizado?

No se puede determinar porque recién vamos en los primeros aportes. Deben ser bancarizados todos los aportes superiores a los S/.3.500. Depende de cada organización política quién cumple con esto y quién no lo cumple. Pero en la actual campaña las organizaciones vienen cumpliendo con los medios de pago.

¿Pero en los primeros reportes cuánto corresponde a dinero bancarizado?

Nosotros no tenemos un informe hasta el final, cuando miramos el trabajo en conjunto.

¿Qué sucede con los aportes en forma de préstamos o créditos?

Esos no están sujetos a topes, si es que se cumple con los parámetros legales. Una organización política es libre de concertar un crédito siempre y cuando se honre a través de un contrato en el que se identifique el monto de intereses y los periodos de gracia.

¿Pero qué ocurre cuando el candidato es el mismo prestamista o es su empresa la prestamista? Le pongo el ejemplo de César Acuña y su Universidad César Vallejo.

Pero en ese caso son personas jurídicas distintas, la universidad y César Acuña le prestán a la organización política.

La ONPE verifica entre el 25% y el 30% de los aportes de campaña

Es una forma de sacarle la vuelta a la ley, se prestan millonarios montos a sí mismos.

Son personas jurídicas distintas. Hay que ceñirnos a a ley. La ONPE revisa a las organizaciones políticas.

EXCLUIDO. La ONPE también justifica los millonarios aportes de César Acuña, ya retirado de la contienda electoral/Andina.

Si sumamos todos los aportes en efectivo y préstamos de César Acuña, él, sus familiares y empresas superamos los S/.5 millones...

Esos aportes (de César Acuña) mientras hayan estado debidamente repartidos, un candidato es libre de poder hacer estos aportes. Nuestra acción se ciñe a la ley. Y eso quiere decir que nosotros debemos verificar el sistema de control interno y la contabilización adecuada de los partidos.

¿Cuántos aportes se verifican?

Dependiendo del volumen de aportes declarados por una organización, la auditoría manda que entre el 25% y el 30% de los aportes tienen que ser verificados. Enviamos cartas a los que aparecen como aportantes para verificar.

¿Guardan copias de los comprobantes de los aportes?

No lo podemos hacer. ¡Imagínese!, necestaríamos un edificio cinco veces más grande que este. Eso se analiza en el acervo que cada organización política tiene en sus oficinas.

¿Cuántos procedimientos administrativos han abierto contra las organizaciones políticas?

Hasta la fecha la ONPE ha iniciado 15 procedimientos administrativos sancionadores contra organizaciones políticas, desde el 2011.

La ley no la obliga a decir quiénes comieron o quién pago, eso no interesa. Es una actividad privada.

¿Por qué faltas?

Por exceso de aportaciones (Alianza por el Progreso y Perú Posible), por incumplimiento de la presentación de los informes financiera anual, por presentación extemporánea de esta información. En el caso de Alianza Para el Progreso se puso una multa de más de S/.2 millones, en el caso de Perú Posible, una multa de S/.171 mil.

¿Qué tipo de sanción tienen los otros partidos?

A Perú Posible se le sancionó con la pérdida del financiamiento público directo, por el incumplimiento en la presentación de la información financiera anual 2010 y 2011; el Partido Humanista tampoco presentó información el 2010; el Partido Nacionalista por presentación extemporánea; a Restauración Nacional por incumplimiento de la presentación de información el 2010. La ley dice que la sanción es la pérdida de financiamiento directo, pero este financiamiento nunca se ha dado. A diferencia de las otras multas que sí son pecuniarias.

¿De cuántos partidos el Ministerio Público les ha pedido información por presuntos casos de lavado de activos?

Varios.

¿De cuáles?

Si usted quisiera información más precisa y formal sobre cualquier circunstancia, puede recurrir a la Ley de Transparencia.

¿No recuerda de qué partidos se trata o de cuántos casos?

No, no tengo con precisión ni siquiera un número aproximado, pero sí le puedo decir que son varios.

 

PORTADA: Nelly Luna Amancio
Reloj Se ha añadido un artículo a su lista de lecturas

Noticias Relacionadas