COMERCIO ILÍCITO. En los últimos años las autoridades han identificado cargamentos donde ocultan aletas de tiburón de especies protegidas.
El jueves 16 de junio de este año inicia un nuevo camino para enfrentar el tráfico de vida silvestre en el Perú. Este delito está relacionado con varios hechos que ponen en peligro el equilibrio de los ecosistemas y cada vez hay más evidencias de que es realizado por organizaciones criminales, que muchas veces usan el disfraz de “empresas fachadas” para facilitar sus acciones ilícitas.
Durante los últimos meses diversos congresistas de varias bancadas han presentado proyectos de ley que buscaban entregar herramientas legales que permitieran a los fiscales enfrentar a criminales que se esconden bajo el manto de la legalidad al “lavar” especies de la fauna sustraídas ilegalmente con el fin de luego exportarlos.
Los congresistas Héctor Ventura Ángel, presentó el Proyecto de Ley 463-2021-CR; Edward Málaga, el proyecto 196-2021-CR y Alfredo Pariona Sinche, el 00993/2021-CR, con el fin de considerar los delitos de tráfico de vida silvestre dentro del ámbito de la Ley Contra el crimen Organizado.
Luego de varios meses la Comisión de Justicia y Derechos Humanos y la Comisión Agraria del Congreso de la República aprobó dos dictámenes por unanimidad confirmando la posición de este poder del estado de dotar mejores herramientas a nuestros operadores de justicia.
La nueva ley aumenta las penas, permite el levantamiento del secreto bancario y considera más tiempo para investigar.
Es así el pasado 16 de junio la congresista Echaíz y la congresista Olivo –como presidentas de comisiones–, además de intervenciones de los congresistas Alfredo Pariona y Héctor Ventura, sustentaron los argumentos de los dictámenes y el Congreso de la República aprobó finalmente la ley que permitirá investigar y sanciona el tráfico de vida silvestre como parte del crimen organizado. El dictamen fue aprobado por 111 votos a favor, cero en contra y cero en abstención. Esta alta votación exoneró a la propuesta de la segunda votación a pedido de la presidenta de la Comisión de Justicia.
Esta ley abre la posibilidad de investigar, juzgar y condenar el tráfico de animales como parte del crimen organizado. Como diversas investigaciones periodísticas de OjoPúblico han documentado, el tráfico de especies alcanza una gran escala y van desde el tráfico de aletas de tiburón y de caballitos de mar; pero también incluyen otras especies sobreexplotadas que terminan siendo “blanqueadas” para su exportación al mercado global. El tráfico pone en riesgo el patrimonio común de todos los peruanos, en beneficio de muy pocos.
La reciente ley aprobada reordena el Código Penal peruano, pero a su vez, señala en su segunda disposicion complementaria final, que “cuando la imputación penal a que se refiere a la participación del agente como integrante de una organización criminal, previsto en el último párrafo del artículo 309 del Código Penal, la investigación y juzgamiento se rigen por lo establecido en la Ley 30077, Ley contra el Crimen Organizado”.
¿Qué implica esto? Son muchos los beneficios para la sociedad pero también para los operadores de justicia como:
- Aumento de penas. Usualmente los delitos contra la vida silvestre son de hasta siete años en la forma más grave, el juzgarse bajo la aplicación de la Ley Contra el crimen Organizado puede llevar a entre 8 y 15 años, pero en los casos agravados podría llevar entre 15 y 20 años de prisión.
- Levantamiento del secreto bancario y reserva tributaria. Esto da la posibilidad –durante la investigación– al fiscal solicitar al juez de forma reservada e inmediata levantar el secreto bancario y reserva tributaria.
- Uso de técnicas especiales. El juez puede ordenar a que se adopten técnicas especiales de investigación como uso de agentes encubiertos, interceptación de comunicaciones, entre otros.
- Incautación y decomiso. La Policía no necesita autorización del fiscal ni orden judicial para incautar objetos e instrumentos, efectos o ganancias del delito o cualquier bien proveniente del delito, en esta caso de tráfico de vida silvestre.
- También considera mayores plazos en la investigación preparatoria (antes era 120 días). Desde ahora puede ser hasta 36 meses, no se permite terminación anticipada, y hay mayor tiempo de detención en caso de flagrancia (hasta 72 horas extendible hasta 7 y 10 días), y finalmente incremento del tiempo en prisión preventiva anterior al juicio (hasta 48 meses antes del juicio)
Como podemos ver, este nuevo marco legal es sumamente importante frente a un acto delictivo que se ha sofisticado y que usa métodos distintos a las del crimen tradicional. Esto hace que el Perú sea el primero de Sudamérica, y uno de los primeros a nivel global, en tener nuevas herramientas para enfrentar delitos tan graves como el tráfico de vida silvestre, como ha sucedido anteriormente con los delitos vinculados a la tala ilegal y a la minería ilegal.
Este hecho histórico, ha sido parte de un largo proceso que inicia el 2019, y ha contado con el impulso de varias organizaciones dedicadas a la conservación, de la cooperación internacional y de expertos que han logrado poner en relieve las implicancias de este delito antes “invisible”.