INDÍGENAS. Las comunidades indígenas de la selva del Perú viven en situación de vulnerabilidad al no contar con presencia constante del Estado.
La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos alertó en un estudio reciente que el Viceministerio de Interculturalidad, dependiente del Ministerio de Cultura, es poco transparente en el registro y actualización de datos de los pueblos indígenas del Perú. Esta situación amenaza a las comunidades campesinas y nativas frente a la aplicación de nuevas políticas públicas vinculadas a actividades extractivas como la minería e hidrocarburos.
Se trata del Informe Alternativo 2018, elaborado por el Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas de la Cdnddhh, el cual da seguimiento a las obligaciones que el Estado Peruano asumió al acogerse al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Dicho documento revela que en la elaboración de la Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas y Originarios (BDPI) no se explica la frecuencia con que el Estado actualiza el registro de comunidades ni la metodología usada para identificar cuáles son pueblos indígenas u originarios. Ojo-Publico.com ya había alertado de esta opacidad en el registro en un reportaje publicado en el 2015.
El Convenio 169 de la OIT indica que las comunidades indígenas deben ser consultadas antes del desarrollo de estas actividades para asegurar que sus derechos no sean afectados. Según la base de datos oficial hay más de 3.000 comunidades campesinas y nativas en todo el Perú.
Sin embargo, existen registros alternativos como los del Instituto del Bien Común (IBC) y del Centro Peruano de Estudios Sociales (Cepes) que reportan la existencia de 3.500 comunidades adicionales a las señaladas por el Estado.
RECOMENDACIONES. El Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas de la Cdnddhh resaltó la implementación de medidas más cercanas a la realidad de los pueblos indígenas.
Foto: Cooperacción.
El Decreto Legislativo 1360 otorgó la exclusividad de la elaboración de la Base de Datos de Pueblos Indígenas al Viceministerio de Interculturalidad. Con esta medida, la única información oficial será la que produzca la entidad aunque otras organizaciones investiguen y produzcan información de la situación de los pueblos indígenas.
Luis Hallazi, coordinador del Área de Incidencia Legal del IBC, dijo a Ojo-Publico.com que esta incongruencia genera problemas en las comunidades. “La base de datos es la primera fuente que usa el Estado para determinar si una comunidad puede exigir el derecho a la consulta previa ante la presencia de empresas extractivas en su territorio”, agregó.
El 2011 se promulgó la Ley de Derecho a la Consulta Previa para proteger a los pueblos indígenas pero, según el Informe Alternativo 2018, el Estado no ha cumplido 11 puntos claves, entre ellos: dar a conocer los resultados del último censo indígena, facilitar su acceso a salud y educación, garantizar los derechos territoriales, proteger a los pueblos en aislamiento, asegurar la libertad de expresión y protesta, promover su registro y reconocimiento y facilitar la consulta previa.
En la presentación del informe, Sara Mejía, abogada de EarthRights International (ERI), dijo que una de las tareas pendientes del Estado con estos pueblos es la falta de acceso a recursos básicos como el agua. “Gran parte de los pueblos indígenas se encuentran en territorios explotados por industrias. No hay una política clara y concreta del Estado que asegure el acceso a servicios de calidad”, dijo Mejía.
Según el Convenio 169 de la OIT, el Estado Peruano debe “obtener el consentimiento libre e informado antes de aprobar cualquier proyecto que afecte a sus territorios y otros recursos”.
PENDIENTES. Los Estudios de Impacto Ambiental no hacen énfasis en las consecuencias sociales y culturales que originan las actividades de la industria extractiva en los pueblos indígenas.
Foto: Leslie Searles.
Como parte de la serie investigativa Los Dueños del Agua, Ojo-Publico.com reveló el acceso privilegiado al agua que posee un grupo de compañías en el corredor minero que atraviesa los departamentos de Arequipa, Apurímac y Cusco. En dicha zona, al menos 200 centros poblados, algunos de ellos comunidades indígenas, no tienen agua.
El informe de la Cdnddhh recuerda que el 2013 se aprobaron diferentes normas para promover la inversión, pero que estas han debilitado la protección de los pueblos indígenas en materia de territorio, registro y reconocimiento, salud, entre otros. A ello se suma la criminalización de la protesta.
En este sentido, se estableció que entre 1995 y 2018, la Policía Nacional suscribió 145 convenios para dar seguridad a empresas mineras y de hidrocarburos. Las consecuencias de estos acuerdos, solo entre el 2017 y lo que va del 2018, significaron la declaratoria de 20 situaciones de estado de emergencia a nivel nacional, algunas innecesarias, ya que vulneran derechos constitucionales como el libre tránsito y la seguridad personal.
CONFLICTO DE INTERÉS. Regiones con mayor cantidad de convenios entre la Policía Nacional y compañías dedicadas a actividades extractivas entre 1995 y junio de 2018.
Visualización: Coordinadora Nacional de Derechos Humanos.
En lo que va del año, cinco de los convenios policiales están relacionados a conflictos socioambientales que se dieron entre las comunidades y las empresas Compañía Minera Quechua S.A. (Cusco), Minera Las Bambas S.A. (Apurímac), Minera Yanachocha S.R.L. (Cajamarca), Compañía Pluspetrol Norte S.A. (Loreto) y Southern Perú Cooper Corporation (Arequipa).
Además, pese a que en el Censo Nacional del 2017 se incluyó por primera vez información sobre autoidentificación étnica, el informe de la Cdnddhh resalta la falta de estudios específicos de parte del Viceministerio de Interculturalidad sobre la afectación a los derechos de los pueblos indígenas.